PENALES

Artículo IUS 816196. DELITOS COMETIDOS EN UNA PELEA DE BOX.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

DELITOS COMETIDOS EN UNA PELEA DE BOX.

Las lesiones inferidas o la muerte causada a uno de los contrincantes en una pelea de box, legalmente autorizada, llevada a cabo de acuerdo con los reglamentos existentes, y bajo la vigilancia oficial, aun cuando llevan consigo la intencionalidad y la penalidad lesiva, no son antijurídicas, en virtud del reconocimiento que de esa clase de deportes hace el Estado, en las autorizaciones que concede para su práctica, y en el fomento que les otorga para su enseñanza; y, por ende, hechos como los de que se trata no pueden caer bajo la sanción penal.

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Registro digital (IUS): 816196

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1935; Pág. 26

Precedentes

Amparo en revisión 4315/33. Agustín Reinaga. 30 de mayo de 1935. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816196 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816196 de la J. Penales SCJN?

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