Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Si en virtud de una ejecutoria dictada en un juicio de amparo, la autoridad responsable debe devolver al quejoso una suma de dinero, y esa cantidad es retenida y embargada por la propia autoridad , para hacer efectivas otras responsabilidades penales, diversa a las que habían dado lugar al juicio de garantías, esa retención y el embargo implican un desobedecimiento a la ejecutoria.
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Registro digital (IUS): 816286
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1931; Pág. 144
Queja 30/31/A. Roca C. Rómulo. 2 de julio de 1931. La publicación no menciona el sentido de la votación. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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