PENALES

Artículo IUS 816549. CONTROVERSIAS CON MOTIVO DE DILIGENCIACION DE EXHORTOS. SIN MATERIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

CONTROVERSIAS CON MOTIVO DE DILIGENCIACION DE EXHORTOS. SIN MATERIA.

Por irregular que se considere que el Juez requerido no haya diligenciado el exhorto que se le dirigió para la aprehensión de un acusado, a pesar de que al recibirlo puso a disposición del Juez requeriente al propio acusado, y aun dio la orden para que éste fuera entregado a la policía con el objeto de ponerlo a disposición del Juez requeriente, es lo cierto, que de desde el momento en que el Juez requerido entregó o puso a disposición de otro Juez, diverso de los que contiendan, al acusado, concluyó de hecho la controversia que pudo entablar, ya sea porque no se cumplimentó el exhorto, ya porque habiéndose recibido otro de Juez extraño a la controversia, se le otorgara un cumplimiento preferente al primero que expidió el Juez requeriente, lo cual habría motivado el procedimiento a que alude el artículo 22 de la ley reglamentaria respectiva; pero en vista de que el Juez requerido ya no puede cumplir directamente el exhorto del requeriente, es claro que su intervención terminó; y, siendo así, es evidente que no hay materia para la controversia.

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Registro digital (IUS): 816549

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1934; Pág. 117

Precedentes

Competencia. Suscitada entre los Jueces del Ramo Penal del Distrito Judicial de Ahome, Sinaloa, con residencia en Los Mochis y de Ciudad Obregón, Estado de Sonora. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816549 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816549 de la J. Penales SCJN?

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