PENALES

Artículo IUS 816808. HECHOS CONEXOS CON EL PRINCIPAL, CUYO CONOCIMIENTO COMPETE AL FUERO FEDERAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

HECHOS CONEXOS CON EL PRINCIPAL, CUYO CONOCIMIENTO COMPETE AL FUERO FEDERAL.

Las lesiones sufridas por diversas personas, ya por causa de la explosión ocurrida en una bodega del departamento de vía de una estación ferrocarrilera, o porque aquéllas ocurrieron al extinguir el incendio de ese departamento, son una consecuencia del hecho principal, o sea, de la explosión o incendio referidos. Por tanto, al determinarse si este hecho es o no delictuoso, quedará también definido si las lesiones sufridas por los particulares, tienen o no el carácter de accidentales, o constituyen o no hechos delictuosos que ameriten castigo; siendo así, es claro que no hay razón para dividir el conocimiento del acto mismo y sus resultados y que el Juez competente para conocer del hecho principal (el de Distrito), también lo es para conocer de los consecuentes, o sean, las lesiones.

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Registro digital (IUS): 816808

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1933; Pág. 60

Precedentes

Competencia. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Acámbaro y de Distrito del Estado de Guanajuato. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816808 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816808 de la J. Penales SCJN?

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