Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Los dos conceptos son antitéticos aunque tengan cierta analogía, porque si es verdad que en ambos se crea por completo una apariencia que no existe, sin embargo hay una diferencia profunda en los conceptos. Si los actos imputados al quejoso constituyen típicamente el delito de falsedad, no demuestran las conclusiones del Ministerio Público, respecto del de fraude por simulación, debiendo absolvérsele del cargo.
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Registro digital (IUS): 816839
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 50
Amparo directo 5628/36. Marín Quiroz Francisco. 14 de octubre de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LIV, página 482, tesis de rubro: "SIMULACION Y FALSEDAD."
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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