Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
No constituye este delito la falta de pago de un documento simulado en que se hace constar un depósito confidencial, cuando solamente se ha reconocido la firma del documento, pero no el contenido del mismo, y no se han allegado a la averiguación otros datos que vinieren a comprobar el cuerpo del delito y a hacer probable la responsabilidad del acusado; por lo que, no estando esclarecido que el documento correspondiera, realmente, a un contrato de depósito confidencial o si contenía un contrato simulado, de los que con frecuencia se otorgan en la práctica, para que se pudiera establecer que se habían cometido los hechos constitutivos del delito de abuso de confianza, cabe la concesión del amparo.
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Registro digital (IUS): 817394
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 123
Amparo en revisión 3214/31. Santillán Elpidio. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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