PENALES

Artículo IUS 817712. CONTROVERSIAS CON MOTIVO DE LA DILIGENCIACION DE EXHORTOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

CONTROVERSIAS CON MOTIVO DE LA DILIGENCIACION DE EXHORTOS.

No es aplicable para resolver la controversia suscitada entre dos Jueces de Distrito, dependientes del Poder Judicial de la Federación, con motivo de la diligenciación de un exhorto de ruta, la ley de 12 de septiembre de 1902, reglamentaria del artículo 113 de la Constitución de 1857, la cuál ley debe considerarse como reglamentaria del artículo 119 de la Constitución de 1917, como lo ha establecido la Suprema Corte de Justicia, en diversas ejecutorias, y tiene aplicación única y exclusiva, cuando se trata de casos de extradición de reos de Estado a Estado. La disposición que es pertinente para dilucidar la controversia entre los mencionados jueces, no puede ser otra que la que contiene el artículo 55 del Código Federal de Procedimientos Penales. Satisfechos los requisitos que dicho artículo exige, el Juez requerido debe diligenciar el exhorto, tanto más, cuanto que no es sino mero ejecutador de las resoluciones del Juez requirente, conforme a los artículos 53, 54, 55, 61, 62 y 67 del mencionado ordenamiento.

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Registro digital (IUS): 817712

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1932; Pág. 84

Precedentes

Jueces Primero de Distrito del Estado de Tamaulipas y de Distrito de Zacatecas. Proceso contra José Gil López. Jueces de Distrito del Istmo de Tehuantepec y Primero de Distrito del Estado de Tamaulipas. Proceso contra Maximino Cruz. Jueces Primero de Distrito de Tamaulipas y Primero de Distrito de la Baja California. Proceso contra Luis Kant, Hoo Loo Hoi y coagraviados. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto, el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817712 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817712 de la J. Penales SCJN?

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