Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Se acreditó la existencia del delito de amenazas a que se refiere el artículo 282, fracción I, del Código Penal, si el reo amenazó a su esposa con el propósito de que ésta se reconciliara y retornara al hogar conyugal y, como se negó, la amenazó con inferirle un mal futuro en su persona, al decirle que tarde o temprano la mataría, así como a sus hijos.
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Registro digital (IUS): 817915
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Segunda Parte; Pág. 18
Amparo directo 3274/60. Odilón Vázquez Jiménez. 2 de septiembre de 1960. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 817914. HOMICIDIO. PRUEBA PRESUNTIVA INSUFICIENTE.
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Art. IUS 817916. DESPOJO.
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