PENALES

Artículo IUS 817921. LEGITIMA DEFENSA.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladasexta-Épocapenal

Texto Legal

LEGITIMA DEFENSA.

Suponiendo que el golpe que el reo recibió en la cara, tenga el carácter de agresión, por haber sido inferido con el ímpetu lesivo que caracteriza la violencia implícita en la agresión, y que precisamente la misma llevó al reo a disparar contra su víctima, resulta evidente que en tal situación tampoco es posible jurídicamente hablar de legítima defensa, ya que la agresión debe suponer, necesariamente, una situación de peligro para la persona, honor o bienes del que se defiende o persona, honor o bienes de un tercero a quien se defiende, situación de peligro que de ninguna manera surgía de esa supuesta agresión.

---

Registro digital (IUS): 817921

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 128

Precedentes

Amparo directo 6524/51. Florencio Zamarripa Marín. 7 de julio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817921 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817921 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 817921 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 817921 PENALES desde tu celular