PENALES

Artículo IUS 817947. CHEQUES SIN FONDOS.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

CHEQUES SIN FONDOS.

El hecho de que el delito en estudió sea descrito como figura delictiva en una ley, y que ésta remita a otra para los efectos de la represión penal, no significa que se trata de un delito mutilado de dos actos y que la descripción de la conducta que hace la primera ley constituye un medió infundado, pues probado que la expedición del cheque y la representación de que no será pagado requeriéndolos, constituye dolo jurídico importante, ya que precede o acompaña a la acción para alcanzar un ilícito enriquecimiento. Lo expuesto obliga a concluir que es inexacto que la expedición de un cheque que no es pagado por causas imputables al girador, signifique que en dicho ilícito exista dolo sin referencia causal, sin especialidad, que ya se sabe son presupuestos de la culpabilidad, y que la represión de tales conductas antijurídicas la realice la ley penal con violación del artículo 17 de la Constitución General de la República, que repudia la prisión por deudas, dado que como se dijo, el cheque como instrumento incondicional de pago es el objeto de la tutela penal.

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Registro digital (IUS): 817947

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 47

Precedentes

Amparo directo 5169/59. Manuel Bernardo Vázquez. 22 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte:Volumen XXX, página 89, tesis de rubro "CHEQUES SIN FONDOS.".Volumen XXIV, página 294, tesis de rubro "CHEQUES SIN FONDOS.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817947 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817947 de la J. Penales SCJN?

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