PENALES

Artículo IUS 818003. RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO.

La reparación del daño proveniente de delito se encuentra considerada, dentro del Código Penal del Estado de Jalisco, como una sanción pecuniaria. Cuando tal reparación deba ser hecha por el delincuente tiene el carácter de pena pública, no así con relación a los terceros a quienes puede exigirse, ya que entonces adquiere el carácter de responsabilidad civil, según lo determina expresamente el artículo 20 del Código Penal mencionado. Tal reparación comprende el restablecimiento de la situación anterior a él y, cuando ello no fuere posible, el pago de daños y perjuicios. Es conveniente precisar que dentro de la técnica del derecho penal no puede identificarse el concepto de víctima del delito con el de ofendido, pues aunque bien es cierto que en la mayoría de los casos víctima y ofendido se reúnen en una sola persona, no sucede así en otros, sirviendo de ejemplo el homicidio, delito en el cual la víctima se identifica con el sujeto privado de la vida y el ofendido con sus familiares, o aquellas personas que se encuentran en relación de dependencia económica con él. También resulta interesante precisar que no debe de ninguna manera confundirse el resultado en el delito con el daño causado en el delito y menos aún con los efectos de éste. En sentido amplio, el resultado se refiere a la realización de un estado de hecho en relación al principio de la causalidad, mientras que, en sentido restringido, se le pone en relación necesaria con la acción humana.

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Registro digital (IUS): 818003

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Segunda Parte; Pág. 89

Precedentes

Amparo directo 3643/55. Embotelladora Kist de Guadalajara, S.A. 23 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818003 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 818003 de la J. Penales SCJN?

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