PENALES

Artículo IUS 818022. RAPTO (SEGREGACION DE LA OFENDIDA).

Jurisprudencia · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

RAPTO (SEGREGACION DE LA OFENDIDA).

Para que se configure el rapto, es menester que el reo segregue a la ofendida de sus condiciones ordinarias de vida, para llevarla a un medio controlado por él.

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Registro digital (IUS): 818022

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 188

Precedentes

Volumen XII, página 169. Amparo directo 1552/55. José Silva Martínez. 4 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.Volumen III, página 149. Amparo directo 5493/56. Silverio Martínez Cortés. 28 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.Volumen XII, página 169. Amparo directo 1848/56. J. Dolores Chávez. 2 de octubre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Volumen VII, página 77. Amparo directo 1379/57. Héctor Galindo Frayre. 15 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.Volumen VIII, página 55. Amparo directo 449/57. Manuel Mendoza Ortega. 14 de febrero de 1958. Cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818022 del PENALES?

Jurisprudencia · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 818022 de la J. Penales SCJN?

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