Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa, publicado el 20 de marzo de 2026.
El Acuerdo modifica el artículo tercero de la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar en Topolobampo, Sinaloa, publicado el 20 de marzo de 2026, especificando las coordenadas UTM de los polígonos donde se implementarán los estímulos fiscales. Esto es relevante para los contribuyentes que operan en esta área, ya que se busca fomentar el desarrollo económico local mediante incentivos fiscales específicos para las empresas que se establezcan en estos polígonos.
Empresas y contribuyentes que operan en Sinaloa, especialmente aquellos interesados en los beneficios fiscales derivados de este acuerdo, deben revisar las coordenadas y asegurarse de que sus operaciones se alineen con las áreas designadas. La precisión de estas coordenadas es crucial para evitar problemas con la autoridad fiscal y maximizar los beneficios de los estímulos fiscales.
Es recomendable que los interesados consulten con sus asesores fiscales para evaluar cómo esta modificación puede impactar sus planes de inversión y operación en la región, asegurando así el cumplimiento de las disposiciones fiscales aplicables.
Resumen
Se modifica la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar en Topolobampo, Sinaloa, precisando las coordenadas de los polígonos de desarrollo.
Texto completo
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa, publicado el 20 de marzo de 2026. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; segundo párrafo, Décimo, tercer párrafo del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales en los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar; 5, fracciones XVII y XXIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y los lineamientos 2, fracción XIV, 4, fracción II, 8, segundo párrafo del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar, y CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico, el empleo, así como una justa distribución del ingreso y la riqueza, para garantizar que ésta sea integral y sustentable y que permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de abril de 2025, considera al " Plan México " como una herramienta de largo plazo que sustenta una estrategia de industrialización en el país incrementando la participación de las empresas mexicanas en la cadena de proveeduría de las exportaciones y en la generación de productos para consumo nacional; permitiendo a las empresas nacionales, desde micro, pequeñas y medianas hasta grandes corporaciones, tener un papel más activo en la manufactura de bienes intermedios, insumos y componentes esenciales; Que en ese sentido, el " Plan México " , presentado por la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos el 13 de enero de 2025, es una estrategia de desarrollo nacional que busca fortalecer el mercado interno y los mercados regionales para posicionar a México en las diez principales economías del mundo y reducir la pobreza y la desigualdad. Esta estrategia también busca promover el desarrollo económico sostenible y equitativo en todo el país; generar empleos dignos y bien remunerados; fortalecer el progreso científico, tecnológico y la innovación; ampliar el acceso a la educación media superior y superior y su vínculo con el Plan Nacional de Desarrollo, a fin de alcanzar el bienestar de las mexicanas y los mexicanos; Que en la estrategia prevista en el numeral 7 de las Estrategias del Plan México, previstas en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, se establece el " Promover los polos de desarrollo y de bienestar a partir de vocaciones regionales " ; Que con fecha 20 de marzo de 2026, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa, y Que en consecuencia, resulta necesario modificar el Acuerdo antes señalado, en virtud de que se requiere precisar las coordenadas de los polígonos dentro de los cuales se instaurará el Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa, por lo que se ha tenido a bien emitir el siguiente ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE EMITE LA DECLARATORIA DEL POLO DE
DESARROLLO ECONÓMICO PARA EL BIENESTAR TOPOLOBAMPO, SINALOA, PUBLICADO EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE MARZO DE 2026
Artículo Único. - Se reforma el ARTÍCULO TERCERO , fracción I, del Acuerdo por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2026, para quedar como sigue: " ARTÍCULO TERCERO. ... I. Criterio de Macro Localización CUADRO DE CONSTRUCCIÓN DEL POLIGONO 1
LADO
COORDENADAS UTM 12 N
Estación
Punto visado
COORDENADA EN X
COORDENADA EN Y
6a
7
695236.0540
2838142.9480
7
8
695197.0170
2837974.8830
8
9
695176.6610
2837888.9480
9
10
695155.5030
2837799.3941
10
E
695112.3850
2837616.1751
E
F
695063.2475
2837406.3076
F
A
695242.6305
2837365.3472
A
14
695197.2179
2837166.4661
14
15
695679.8860
2837056.2533
15
15a
695847.9411
2837774.8154
15a
6a
695897.8667
2837987.7571
CUADRO DE CONSTRUCCIÓN DEL POLIGONO 2
LADO
COORDENADAS UTM 12 N
Estación
Punto visado
COORDENADA EN X
COORDENADA EN Y
1
2
695702.1600
2836541.0900
2
3
695690.4042
2836547.6559
3
4
695700.8440
2836594.0909
4
5
695667.8156
2836628.5628
5
6
695724.8958
2836873.0865
6
7
696024.3108
2836845.9159
7
8
696022.6329
2837042.9286
8
9
695766.7817
2837052.5152
9
10
695809.9496
2837237.4403
10
11
695891.9600
2837385.7200
11
12
695906.5760
2837448.5451
12
13
695947.8466
2837449.4102
13
14
696228.0079
2838653.6505
14
15
696397.7055
2838690.5856
15
16
697042.7794
2838347.7066
16
17
697030.8730
2837912.6971
17
18
696998.6375
2837897.9214
18
19
697003.9617
2837844.9221
19
20
696968.6558
2837777.0582
20
21
697013.3688
2837728.9603
21
22
697029.4122
2837741.7547
22
23
697024.6098
2837373.1597
23
24
697062.5428
2837317.9725
24
25
697116.9647
2837286.9031
25
26
696848.1758
2836752.3463
26
27
696802.6233
2836773.0543
27
28
696720.5403
2836609.8108
28
1
696161.3604
2836311.6191
... ... " TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, a los 20 días de abril de 2026.- El Secretario de Economía , Marcelo Luis Ebrard Casaubon .- Rúbrica.
El Acuerdo modifica el artículo tercero de la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar en Topolobampo, Sinaloa, publicado el 20 de marzo de 2026, especificando las coordenadas UTM de los polígonos donde se implementarán los estímulos fiscales. Esto es relevante para los contribuyentes que operan en esta área, ya que se busca fomentar el desarrollo económico local mediante incentivos fiscales específicos para las empresas que se establezcan en estos polígonos.
Empresas y contribuyentes que operan en Sinaloa, especialmente aquellos interesados en los beneficios fiscales derivados de este acuerdo, deben revisar las coordenadas y asegurarse de que sus operaciones se alineen con las áreas designadas. La precisión de estas coordenadas es crucial para evitar problemas con la autoridad fiscal y maximizar los beneficios de los estímulos fiscales.
Es recomendable que los interesados consulten con sus asesores fiscales para evaluar cómo esta modificación puede impactar sus planes de inversión y operación en la región, asegurando así el cumplimiento de las disposiciones fiscales aplicables.