Programa Alta importancia Administrativa

Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres 2026-2030.

18 de mayo de 2026
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Sección PODER EJECUTIVO
Código DOF: 5787694
Materia
Administrativa
Sección DOF
PODER EJECUTIVO
Importancia
Alta
Fecha
2026-05-18
Ver en DOF oficial ← Monitor DOF
Análisis SDV Asesores

Este programa tiene como objetivo principal prevenir y erradicar las violencias contra las mujeres a través de acciones institucionales y la promoción de un enfoque interseccional. Se establecen cuatro objetivos clave que incluyen la mejora de la accesibilidad a servicios de atención, el acceso a la justicia y la coordinación interinstitucional. Las acciones se financiarán con recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación, lo que implica un compromiso financiero significativo por parte del gobierno para los próximos años.

Resumen

Se publicó el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres 2026-2030, que establece objetivos y estrategias para abordar la violencia de género en México.

Texto completo

PROGRAMA Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres 2026-2030. PROGRAMA INTEGRAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LAS VIOLENCIAS CONTRA LAS MUJERES 2026-2030 1. Índice 1. Índice 2. Señalamiento del origen de los recursos del programa 3. Siglas y acrónimos 4. Fundamento normativo 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo 6. Objetivos 6.1 Relevancia del objetivo 1: Prevenir las violencias contra las mujeres, en todos sus tipos y modalidades, mediante acciones institucionales con enfoque interseccional, intercultural y territorial que impulsen transformaciones socioculturales sostenibles. 6.2 Relevancia del objetivo 2: Fortalecer la accesibilidad y los servicios de atención, con enfoque interseccional, intercultural, diferenciado y territorial para impulsar que las mujeres que viven violencias reciban atención integral y especializada orientada a la restitución de sus derechos. 6.3 Relevancia del objetivo 3: Promover el acceso a la justicia y la protección de mujeres víctimas de violencias por razones de género, mediante la implementación de mecanismos de acompañamiento integral, reparación del daño y el fortalecimiento de las instituciones de procuración y administración de justicia. 6.4 Relevancia del objetivo 4: Fomentar que los mecanismos de coordinación interinstitucional de todos los órdenes de gobierno promuevan y fortalezcan políticas públicas integrales y sostenibles, con enfoque de género y derechos humanos, impulsando su plena implementación, seguimiento y evaluación para la erradicación de las violencias contra las mujeres. 6.5 Vinculación de los objetivos del Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres 2026-2030. 7. Estrategias y líneas de acción 8. Indicadores y metas 9. Lista de dependencias y entidades participantes en el programa 9.1 Instituciones integrantes del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de las Violencias contra las Mujeres (SNPASEVM) 2. Señalamiento del origen de los recursos del programa La totalidad de las acciones que se consideran en el programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el programa, en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal respectivo. 3. Siglas y acrónimos APF: Administración Pública Federal ASF: Auditoría Superior de la Federación ATDT: Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones BANAVIM: Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres BIENESTAR: Secretaría de Bienestar CDN: Convención sobre los Derechos del Niño CEAV: Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas CEDAW: Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer CJM: Centros de Justicia para las Mujeres CNB: Comisión Nacional de Búsqueda CNDH: Comisión Nacional de los Derechos Humanos CNPJF: Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal CONADE: Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte CONAMED: Comisión Nacional de Arbitraje Médico CONAPO: Consejo Nacional de Población CONAPRED: Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación CONASAMA: Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones CONATRIB: Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos CONAVI: Comisión Nacional de Vivienda Convención de Belém do Pará: Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos CULTURA: Secretaría de Cultura ENADIS: Encuesta Nacional sobre Discriminación ENDIREH: Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares ENPOL: Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad ENVIPE: Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública FGR: Fiscalía General de la República GN: Guardia Nacional IMEF: Instancias para las Mujeres en las Entidades Federativas IMJUVE: Instituto Mexicano de la Juventud IMME: Instituto de Mexicanas y Mexicanos en el Exterior IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS-BIENESTAR: Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar INAES: Instituto Nacional de la Economía Social INALI: Instituto Nacional de Lenguas Indígenas INE: Instituto Nacional Electoral INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía INM: Instituto Nacional de Migración INPI: Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas ISSSTE: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado LGAMVLV: Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias LGBTIQ+: Personas Lesbianas, Gays, Transexuales, Bisexuales e Intersexuales MAM: Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres en las entidades federativas MUJERES: Secretaría de las Mujeres NNA: Niñas, Niños y Adolescentes OADPRS: Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Reinserción Social OAJ: Órgano de Administración Judicial OPLE: Órganos Públicos Locales Electorales PA: Procuraduría Agraria PFPNNA: Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes PIPASEVM: Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres 2026- 2030 PJF: Poder Judicial de la Federación PNAINNACOF: Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en condición de orfandad por feminicidio PND 2025-2030: Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 SABG: Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno SALUD: Secretaría de Salud SCJN: Suprema Corte de Justicia de la Nación SE: Secretaría de Economía SECTUR: Secretaría de Turismo SEDATU: Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano SEDENA: Secretaría de la Defensa Nacional SEGOB: Secretaría de Gobernación SEMAR: Secretaría de Marina SEP: Secretaría de Educación Pública SE-SIPINNA: Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes SESNSP: Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público SICT: Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes SNDIF: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia SNPASEVM: Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de las Violencias contra las Mujeres SPR: Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano SRE: Secretaría de Relaciones Exteriores SSPC: Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana STPS: Secretaría del Trabajo y Previsión Social TEPJF: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 4. Fundamento normativo El Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres (PIPASEVM), es un programa especial que encuentra su fundamento en los artículos 1o., y 4o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). El primer precepto establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos tanto en la Constitución como en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, y dispone que las normas en la materia se interpretarán de conformidad con estos instrumentos, favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia de la persona. Asimismo, la reforma al artículo 4o., de la CPEUM, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de noviembre de 2024, reforzó el deber fundamental del Estado de proteger a las mujeres, adolescentes, niñas y niños, y garantizar de manera efectiva su derecho a una vida libre de violencias. Lo anterior constituye la piedra angular para que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, promuevan, respeten, protejan y garanticen los derechos humanos, incluyendo la igualdad sustantiva y el derecho a una vida libre de violencias. En consecuencia, el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos en los términos que establezca la ley. En el marco internacional, de conformidad con el artículo 5 de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), los Estados Parte adoptarán todas las medidas apropiadas para modificar los patrones socioculturales que fomentan la idea de inferioridad de las mujeres respecto de los hombres, con el fin de eliminar los prejuicios y prácticas que perpetúan la discriminación. De igual forma, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), establece en su artículo 7 que los Estados Parte deben adoptar por todos los medios apropiados y sin dilación, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres. La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) reconoce el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir libres de toda forma de violencia, abuso o explotación, y establece la obligación de los Estados Parte de adoptar medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas para garantizar su protección integral. En este sentido, dicho instrumento refuerza el deber del Estado mexicano de adoptar políticas públicas y acciones coordinadas que atiendan de manera prioritaria las violencias que afectan a niñas y adolescentes, particularmente aquellas vinculadas a la violencia de género y a las formas extremas de violencia contra las mujeres. En el marco normativo nacional, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, deberán adoptar medidas para prevenir, atender y sancionar cualquier forma de violencia contra niñas, niños y adolescentes, así como garantizar su desarrollo integral y el ejercicio pleno de sus derechos. En este contexto, el PIPASEVM incorpora el enfoque de derechos de la niñez y la adolescencia, reconociendo que las violencias contra las mujeres impactan de manera diferenciada a niñas y adolescentes, por lo que resulta indispensable articular acciones institucionales que aseguren su protección, atención y acceso efectivo a la justicia. Por otro lado, el artículo 26, apartado A de la CPEUM, estipula que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional y que habrá un Plan Nacional de Desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal (APF). Al respecto, los artículos 16, fracción IV, y 26 de la Ley de Planeación establecen la obligación de alinear los programas especiales - como es el caso del PIPASEVM - con los objetivos definidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030. En este sentido, dicha alineación se enfoca en el Eje Transversal 1: " Igualdad Sustantiva y Derechos de las Mujeres " , el cual determina como prioridad estratégica la construcción de una sociedad igualitaria y libre de violencias. De conformidad con lo anterior, la eliminación de las violencias contra las mujeres, el cierre de brechas salariales, el acceso a oportunidades laborales y la representación política igualitaria, son ejes fundamentales de las políticas públicas para garantizar condiciones equitativas y seguras para mujeres y niñas. Por lo tanto, corresponde a las dependencias de la APF, coordinar la elaboración y ejecución de los programas especiales que correspondan al ámbito de sus atribuciones. De acuerdo con el artículo 41, fracciones II y IV, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, la Secretaría de las Mujeres es la dependencia responsable de coordinar la integración, publicación, ejecución, seguimiento y rendición de cuentas del PIPASEVM. Asimismo, los artículos 35 y 38 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias (LGAMVLV) establecen que la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deberán coordinarse para la integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de las Violencias contra las Mujeres, cuyo objeto es la conjunción de esfuerzos, instrumentos, políticas, servicios y acciones interinstitucionales orientadas a garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias. En este marco, el PIPASEVM constituye el instrumento rector de política pública mediante el cual se articulan acciones con perspectiva de género, enfoque diferencial y de derechos humanos, dirigidas a la prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres, incluyendo la transformación de patrones socioculturales, la coordinación con las instituciones de procuración e impartición de justicia, la prestación de servicios especializados y gratuitos a las víctimas, el fortalecimiento de la cultura de la denuncia, la generación de información estadística para la toma de decisiones y el diseño de modelos integrales de atención. Todas estas acciones deberán implementarse sin discriminación alguna, considerando las condiciones específicas de las mujeres en razón de su edad, etnia, idioma, condición social, de salud, discapacidad, orientación sexual u otras circunstancias, a fin de garantizar el acceso efectivo y equitativo a las políticas públicas en la materia. 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo Las violencias contra las mujeres son la consecuencia de las desigualdades estructurales que reproducen los sistemas sociales, políticos y económicos que oprimen y discriminan. El sistema económico neoliberal profundizó las condiciones de pobreza en la mayor parte del pueblo, afectando principalmente a las mujeres, en quienes además descargó las tareas de cuidados, dentro de un sistema patriarcal que atribuye roles, estereotipos, impone desigualdades de poder y genera relaciones jerárquicas entre mujeres y hombres. Estas violencias operan como un mecanismo de regulación de los comportamientos dentro del sistema patriarcal que permea todos los ámbitos de la vida. Se trata de una manifestación extrema de discriminación y exclusión que se ejerce sobre el cuerpo y la integridad de las mujeres. Ante esta problemática social, la presente administración apunta de manera decisiva por la atención a las causas estructurales de los problemas nacionales, trascendiendo la mera mitigación de sus efectos. Esta visión quedó plasmada en el PND 2025-2030, el cual establece que no puede haber una transformación auténtica y duradera sin justicia de género. Dicho principio conlleva el reconocimiento de que la erradicación de las violencias contra las mujeres es un tema fundamental de políticas públicas. El Proyecto de Nación del Gobierno de la Transformación tiene como eje principal el Humanismo Mexicano, cuyo principio rector es "Por el bien de todos, primero los pobres", (PND, 2025) (1) que se propone atender las causas que generan la pobreza y la violencia que padecen más de la mitad de la población: las mujeres. La lucha contra la violencia de género es la aplicación concreta de este principio, reconociendo que las mujeres, especialmente las de comunidades marginadas, sufren una doble o triple opresión. En México se ha logrado avanzar en un marco normativo y en políticas públicas encaminadas a fomentar la justicia social, la igualdad y el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, sin embargo, la realidad muestra que las violencias contra las mujeres, siguen estando presentes en todos los ámbitos de la vida. La LGAMVLV es el instrumento rector que establece los principios, modalidades y tipos de violencias contra las mujeres, así como los mecanismos de política pública para su prevención, atención, sanción y erradicación. De carácter vinculante para los tres órdenes de gobierno, esta Ley mandata la coordinación interinstitucional, hacer frente a las Alertas de Violencia de Género (AVG), la creación de refugios especializados y la implementación de acciones con perspectiva de género, interculturalidad y derechos humanos, reconociendo las violencias como un obstáculo para el desarrollo nacional. De acuerdo con la LGAMVLV, los tipos de violencias contra las mujeres son: violencia psicológica, física, patrimonial, económica, sexual, y a través de interpósita persona; y las modalidades son: violencia en el ámbito familiar, en el ámbito laboral y docente, en la comunidad, institucional, política, digital y/o mediática y feminicida. Además de la legislación específica, en México se cuenta con un anexo transversal denominado Anexo 13. " Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres " , del Presupuesto de Egresos de la Federación, mismo que de 2025 a 2026 tuvo un incremento de 25%. Como se ha descrito, las violencias contra las mujeres en México constituyen un fenómeno complejo, cuyas manifestaciones impactan diferencialmente según las condiciones de las mujeres. Su persistencia como problema estructural demanda un análisis riguroso basado en evidencia, que permita dimensionar sus alcances y orientar estrategias integrales. A continuación, se presentan datos que ilustran esta realidad. Prevalencia de la violencia De acuerdo con las " Proyecciones de la Población de México y de las Entidades Federativas 2016 - 2050 " , elaborado por la Comisión Nacional de Población (CONAPO, 2019), (2) para el año 2050, se estima que la población de mujeres aumente a 51%, mientras que la de los hombres representará el 49%. En consecuencia, se considera que la población de mujeres seguirá siendo mayor respecto a los hombres. Esta preponderancia demográfica exige diseñar políticas públicas y estrategias sociales que atiendan de manera específica las necesidades de las mujeres, reconociendo su centralidad en la estructura poblacional del país. De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS, 2022) el 36.4% de mujeres de 18 años y más declaró que la delincuencia e inseguridad son los principales problemas que enfrentan las mujeres en México; 28.2% refirió que el principal problema es la violencia contra las mujeres; 12.8% señaló que es el machismo; 9.4% indicó que es la desigualdad entre hombres y mujeres; el 8.1% mencionó que es la falta de oportunidades para encontrar trabajo; mientras que 4.7% (3) señaló las dificultades para combinar la vida familiar y laboral. Por otro lado, y ante la necesidad de contar con información estadística que permita dimensionar y caracterizar la violencia que viven las mujeres, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) coordina la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), que ofrece información sobre los distintos ámbitos y es publicada cada cinco años. Al comparar los datos reportados por la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH, 2016, 2021), se observa un incremento en los porcentajes de violencia contra las mujeres a lo largo de su vida en espacios públicos, entendiendo éstos como los ámbitos comunitarios, escolares y laborales. Es decir, las mujeres enfrentan mayor violencia al salir de su casa. TABLA 1. COMPARATIVO DE LA PREVALENCIA DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN 2016 Y 2021. ENDIREH 2016 ENDIREH 2021 38.7% ámbito comunitario 45.6% ámbito comunitario 43.9% ámbito de pareja 39.9% violencia de pareja 26.6% ámbito laboral 27.9% ámbito laboral 25.3% ámbito escolar 32.3% ámbito escolar Fuente: Encuesta Nacional Sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016 (4) y 2021. (5) Los datos arrojados por la encuesta en 2016 y 2021, destacan el incremento de la violencia en el ámbito comunitario, al pasar del 38.7% al 45.6%, lo que representa un incremento de 6.9 puntos porcentuales. Al respecto, el acoso callejero, las agresiones en el transporte y la violencia en entornos escolares funcionan como prácticas coercitivas que buscan restringir la movilidad, la autonomía y la participación plena de las mujeres en la vida pública. El aumento en las cifras sugiere una normalización de la violencia y da cuenta de la urgencia de intervenir en este espacio de manera prioritaria. La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH, 2021), arrojó que, en este ámbito, 45.6% de las mujeres encuestadas señalaron haber sido agredidas en algún momento de sus vidas. El tipo de violencia con mayor prevalencia fue la sexual con 42.2%, seguida de la psicológica con 20.7% y la física con 9.6%. Por otra parte, 72.2% señaló como persona agresora a desconocidos, 10.8% a gente conocida, 5.8% a un vecino, 4.5% a algún amigo, 3.7% al conductor de transporte público, 1.7% a un agente de seguridad o policía, y 0.7% a otros. (6) Asimismo, se evidenció que las entidades federativas en las que se concentra mayor prevalencia de violencia en el ámbito comunitario contra las mujeres son: Ciudad de México 60.9%, Estado de México 58.5% y Querétaro 51.8%. En contraste, las entidades que reportaron menor índice de violencia comunitaria fueron: Michoacán, Zacatecas y Chiapas. (7) La encuesta también señaló que el espacio donde ocurre mayor número de actos violentos contra las mujeres son la calle o parques, siendo la violencia sexual la de mayor prevalencia con 67.2% de incidencia, seguida de la violencia psicológica con 26.3% y violencia física con 6.5%. Dentro de los espacios más mencionados también se encuentra el autobús o microbús con una incidencia del 13.2%, mercado, plaza, tianguis o centro comercial con 5.8%, el metro con 3.9%, vivienda particular con 3.9%, feria, fiesta o asamblea vecinal con 3.0%, taxi con 1.5%, y otro lugar público con 1.4%. (8) Las mujeres encuestadas refirieron que el 72.2% de sus agresores fueron desconocidos, mientras que 10.8% fueron personas conocidas, 6.6% vecinos, 5.9% amigos, entre otros. (9) Este crecimiento refleja la persistencia de un entorno hostil en calles, transporte público y lugares de convivencia social, donde formas de violencia como el acoso callejero, las agresiones físicas y verbales, y la intimidación se han normalizado. Factores como la impunidad y la falta de denuncia han contribuido a esta tendencia, evidenciando la urgencia de implementar acciones focalizadas en estos contextos. Para revertir esta situación, es fundamental promover intervenciones para la recuperación de espacios públicos, la creación de redes de mujeres que promuevan el cuidado colectivo, así como el trabajo para promover masculinidades corresponsables. En el ámbito escolar , la misma fuente mostró que hubo incremento en la violencia contra las mujeres, pasando de 25.3% en 2016 (10) a 32.3% en 2021. (11) Este aumento de siete puntos porcentuales hace evidente la urgencia de intervenir en los entornos escolares, donde persisten dinámicas de acoso, hostigamiento y violencia física y psicológica contra las estudiantes. Entre los factores que explican este fenómeno destacan la normalización de conductas machistas, la falta de protocolos de atención efectivos y el crecimiento de la violencia digital entre jóvenes. Ante este panorama, resulta fundamental implementar acciones concretas en las escuelas para prevenir la violencia. Derivado de lo anterior, es indispensable que la intervención contemple la incorporación de programas transversales de educación integral en sexualidad con perspectiva de género, el fomento a relaciones igualitarias, la formación de figuras educativas para que puedan identificar e intervenir ante casos de violencia y garantizar una respuesta institucional oportuna, así como la promoción de la participación estudiantil en procesos de sensibilización que cuestionen los estereotipos de género. Estas acciones, implementadas de manera sistemática, pueden contribuir a transformar los espacios educativos en entornos seguros. Los datos reportados por la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH, 2021) indican que en los entornos educativos 43.4% de las agresiones contra mujeres son perpetradas por compañeros y el 16.8% por maestros. (12) Estas cifras reflejan cómo los patrones tradicionales de masculinidad basados en el dominio, la competitividad y la cosificación de las mujeres se reproducen desde edades tempranas, normalizando diversas formas de violencia de género, lo que evidencia la urgencia de implementar acciones para fomentar masculinidades corresponsables en las escuelas. Al respecto, impulsar acciones con niños, adolescentes y docentes varones en la deconstrucción de la masculinidad hegemónica es fundamental para transformar las dinámicas en las aulas. Al trabajar directamente con hombres en procesos de reeducación, deconstrucción de privilegios y aprendizaje de nuevas formas de relacionarse, combinados con procesos de sensibilización que cuestionen estereotipos, se coadyuvará a cambiar los patrones socioculturales y reducir los índices de violencia. De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH, 2016, 2021), en el ámbito laboral , el porcentaje de mujeres encuestadas que refirieron haber vivido violencia a lo largo de su vida fueron 26.6% (13) y 27.9%, (14) respectivamente, lo que refleja un incremento de un punto porcentual. En este ámbito, los tipos de violencia que prevalecieron en 2021 fueron: 12.2% violencia psicológica, 1.9% física, 14.4% sexual y 18.1% señalaron haber sido discriminadas. Asimismo, las entidades federativas donde se reporta mayor violencia en el ámbito laboral son: Chihuahua con 37.8%, Ciudad de México con 34.6% y Baja California con 34.4%, mientras que las entidades federativas con menor prevalencia son: Guerrero con 21.9%, Zacatecas con 20.3% y Chiapas con 17.2%. (15) De las mujeres que señalaron haber vivido violencia a lo largo de sus vidas laborales, 34.2% apuntaron como personas agresoras a compañeros y compañeras de trabajo, 21.7% a sus superiores, y 10.7% a la persona supervisora, capataz o coordinadora. (16) Esta problemática revela la necesidad de intervención por parte de las instituciones públicas para la implementación de mecanismos de prevención y regulación de la violencia en el ámbito laboral. En cuanto a la violencia en el ámbito familiar , la misma encuesta refiere que el 11.4% de las mujeres de 15 años y más señaló haber vivido violencia en los últimos 12 meses. Los tipos de violencia con mayor prevalencia fueron: psicológica con 9.2%, económica o patrimonial con 3.1%, física con 3.0% y sexual con 1.7%. (17) Adicionalmente, la encuesta clasifica a las principales personas agresoras de acuerdo con el tipo de violencia que ejercen: La psicológica es efectuada primordialmente por hermanos o hermanas (23.0%), seguida por el padre (16.1%) y la madre (14.0%). La violencia física es ejercida principalmente por hermanos o hermanas (37.0%), madre (14.5%) y padre (13.3%). Respecto a la violencia sexual se advierte que el principal generador es el primo(a) con 25.3%, tío(a) con 24.8% y otros familiares con 14.9%. Con relación a la violencia económica o patrimonial, los ejecutores principales son el padre con 21.5%, la madre con 19.4% y el hermano(a) con 19.1%. (18) El tipo de violencia que más se ejerce en contra de las mujeres dentro de los espacios donde ellas habitan, son la psicológica 62.4%, física 16.2%, económica o patrimonial 16.1% y sexual 5.3%. (19) Respecto a las relaciones de pareja , 39.9% de las mujeres encuestadas señalaron haber vivido violencia en su actual o última relación; 35.4% refirieron violencia psicológica, 16.8% física, 6.9% sexual y 19.1% económica o patrimonial. Las entidades con mayor prevalencia son Guerrero 47.6%, Hidalgo 45.6% y Yucatán 45.1%. (20) Por otro lado, es relevante señalar que, en México, existen diversidad de mujeres con situaciones socioeconómicas, etarias, geográficas y culturales diferentes, lo que conlleva a condiciones de mayor vulnerabilidad. Factores como la pertenencia a comunidades indígenas, la situación de pobreza, situación migratoria, edad, discapacidad, entre otros, pueden incrementar significativamente los riesgos y limitar el acceso a derechos, oportunidades y mecanismos de protección. Reconocer estas realidades diferenciadas es fundamental para comprender los desafíos específicos que enfrentan las mujeres y orientar esfuerzos hacia una atención más efectiva e inclusiva. En el caso de las mujeres indígenas, la encuesta 2021 arroja que la prevalencia de violencia en 2021 fue de 67.6% a lo largo de su vida; los tipos de violencia que informaron haber vivido fueron psicológica 50.5%, física 36.7%, sexual 41.8%, económica, patrimonial y/o discriminación 28.4%. (21) En 2016 estos datos representaron 64.3%, 49%, 34.6%, 35.8% y 29.9%, respectivamente, lo que indica un incremento de la violencia contra las mujeres indígenas. (22) El documento también detalla que, en 2021, el 72.6% de las mujeres con discapacidad experimentó algún tipo de violencia a lo largo de su vida. Dentro de este grupo, y al igual que en otros segmentos de la población, la violencia psicológica fue la más frecuente (58.2%), seguida de la sexual (48.7%), la física (44.6%) y la económica, patrimonial y/o discriminatoria (34.9%). (23) Las niñas y las adolescentes son víctimas de violencia sexual y violencia en el ámbito digital, principalmente. En 2016, 1.9% de adolescentes de 15 a 19 años, refirió haber sufrido alguna agresión de tipo sexual. (24) Para 2021, este porcentaje incrementó a 2.7%. En 2016, 5.6% de las adolescentes de 15 a 19 años manifestaron haber sufrido violencia sexual antes de los 15 años; mientras que para 2021, fue de 10.3%. (25) Por otro lado, uno de los espacios en los que las niñas y adolescentes se encuentran más expuestas es el digital y mediático. Según el Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI, 2024), las mujeres representan el 46.7% de las personas usuarias de internet en México. Dentro de este grupo, el 22.2% de las mujeres de 12 años y más declararon haber experimentado algún tipo de ciberacoso durante los doce meses previos a la encuesta. Entre las agresiones más frecuentes destacan: · 22.3% recibió insinuaciones o propuestas sexuales no deseadas. · 22.3% recibió contenido sexual sin su consentimiento. · 3.9% fue víctima de la difusión, venta o publicación de contenido sexual sin su autorización. Además, el 52.1% de las mujeres afectadas identificó a un hombre como su agresor principal, lo que evidencia que el ciberacoso contra las mujeres es ejercido predominantemente por varones. Por otro lado, la proyección de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (ONU MUJERES, 2024) estima que para el año 2030, tres de cada diez mujeres serán adultas mayores, (26) un grupo etario que, según revela la ENDIREH 2021, enfrenta serias problemáticas de violencia. La encuesta destaca que las mujeres de 60 años o más reportaron haber vivido violencia, principalmente, por parte de sus hijas e hijos, siendo la psicológica la de mayor prevalencia (13%), seguida de la económica, patrimonial (4.7%), la física (1.5%) y la sexual (0.5%). (27) En ese sentido, respecto a la condición etaria, la ENDIREH 2021 reflejó la violencia con mayor incidencia según la edad de las mujeres: TABLA 2. PREVALENCIA DE TIPO DE VIOLENCIA POR GRUPO ETARIO 2021. GRUPO ETARIO PSICOLÓGICA FÍSICA SEXUAL ECONÓMICA, PATRIMONIAL Y/O DISCRIMINACIÓN 15 - 24 40.7% 15.2% 42% 6.1% 25- 34 34.8% 11.6% 32% 21.1% 35- 44 30.1% 10.4% 22.1% 19.4% 45-54 26.2% 8.3% 15.8% 17.2% 55 - 64 20.4% 7.1% 8.7% 12.3% 65 y más 13.7% 5.0% 4.2% 6.4% Fuente: Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021. (28) Los datos demuestran que las mujeres más jóvenes son las más propensas a vivir violencia psicológica, física y sexual. Respecto a las mujeres adultas mayores , la ENDIREH 2021 reflejó que el 14.6% han sufrido algún incidente de violencia en los últimos doce meses. (29) Este panorama evidencia un problema público que se manifiesta de manera diferenciada según la edad, la condición étnica, la situación de discapacidad y los contextos socioeconómicos y regionales en los que viven las mujeres. Derivado de lo anterior, las necesidades de las mujeres demandan el diseño de políticas públicas con enfoque interseccional, situado y de derechos humanos. En respuesta a esta problemática, el objetivo uno busca prevenir las violencias contra las mujeres, en todos sus tipos y modalidades, mediante acciones institucionales con enfoque interseccional, intercultural y territorial que impulsen transformaciones socioculturales sostenibles. Visión a largo plazo En materia de prevención de la violencia contra las mujeres, se prevé una visión a largo plazo que se articula en dos horizontes temporales: Para 2030, es imperativo que las políticas de prevención se consoliden como un eje transversal del desarrollo nacional para construir una sociedad en la que la prevención sea un pilar fundamental de la convivencia. Esto requiere transformar los patrones socioculturales para erradicar toda forma de agresión y desigualdad, fomentando comunidades cohesionadas. Una educación integral debe ser la piedra angular para promover la empatía, el respeto a la diversidad y la resolución pacífica de conflictos con el fin de desnormalizar la violencia contra las mujeres en todas sus expresiones, formando generaciones que crezcan en entornos libres de machismo, donde las relaciones se fundamenten en el respeto mutuo y la corresponsabilidad. Para 2045 se habrá implementado un sistema educativo con perspectiva de género, formando generaciones con conciencia crítica sobre la importancia de construir relaciones respetuosas. Adicionalmente, las mujeres en el país sabrán que tienen derechos y contarán con herramientas para ejercerlos en todos los ámbitos. La perspectiva de género será un principio rector de la política pública, visible en los medios de comunicación, así como en gran parte de las dinámicas familiares y laborales. Las nuevas generaciones de hombres serán agentes activos de este cambio. Panorama de la atención de la violencia contra las mujeres La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH, 2021), refleja que las dinámicas de la violencia están determinadas por su extensión y gravedad, asociadas a los tipos de violencia que viven las mujeres. En el país, 51.6% de las mujeres ha vivido violencia psicológica, 49.7% violencia sexual, 34.7% ha vivido alguna forma de violencia física, y 27.4% de violencia económica y patrimonial. (30) La violencia contra las mujeres presenta una incidencia particularmente aguda en los grupos en situación de vulnerabilidad, evidenciando un patrón de afectación diferenciada. Entre las mujeres indígenas, la prevalencia de violencia pasó del 64.3% en 2016 (31) a 67.6% en 2021. (32) Este fenómeno se intensifica aún más en el caso de las mujeres con discapacidad, quienes registraron un porcentaje de violencia de 72.6% en 2021. (33) La violencia sexual en la adolescencia muestra una tendencia creciente: el porcentaje de mujeres que reportaron haberla sufrido antes de cumplir los 15 años prácticamente se duplicó, al pasar del 5.6% en 2016 (34) al 10.3% en 2021. (35) La violencia sexual contra las mujeres es la que más ha incrementado en los últimos años. Entre 2016 y 2021 se reflejó un incremento de 8.4 puntos porcentuales. (36) Respecto al ámbito donde se vivió este tipo de violencia, en el escolar 17.9% indicó haber sido víctima a lo largo de sus vidas, dentro del laboral este tipo de violencia tuvo una incidencia de 14.4%. En el comunitario 42.2% señaló haber sido víctima, y en el entorno familiar 1.7%. En el contexto de las relaciones de pareja 3.8% (37) indicó que fue víctima de una relación sexual sin su consentimiento. Al respecto, en el ámbito escolar se registró que los principales agresores son compañeros en un 43.4% de los casos y maestros en 16.8%. Adicionalmente, el 69.7% de las estudiantes que han vivido violencia manifestaron desconocer la existencia de protocolos, el 41.2% de ellas no le contó a nadie sobre la violencia vivida y solo 0.8% solicitó o recibió apoyo de otra institución. (38) La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH, 2021), revela que, en 2021, 12.6% de las mujeres entrevistadas vivieron abuso sexual en la infancia, a 9.5% de ellas les tocaron sus partes íntimas o las obligaron a tocar a alguien; en 38.2% de los casos, los agresores fueron tíos y primos, y en 8.8% de los casos fueron padres y abuelos. (39) Al respecto, es mínimo el porcentaje de mujeres que han vivido violencia y que presentaron denuncia . En 2016, la ENDIREH reportó que solo 5.6% solicitó apoyo. Asimismo, para 2021, la cifra de mujeres que denunciaron o presentaron queja fue de 8.3%. (40) Por otro lado, la última Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de la Seguridad Pública (ENVIPE, 2025), refiere una cifra negra de 90.4% de delitos que no se denunciaron o en los que no se inició una carpeta de investigación. Según esta encuesta, 52.7% de las víctimas de algún delito fueron mujeres. Asimismo, menciona que las causas por las que se abstuvieron de denunciar obedecen a que consideraron que es una pérdida de tiempo (32.4%), o por desconfianza en las autoridades (13.3%). (41) En 2024 el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres registró que de diciembre de 2018 hasta junio de 2024 existen más de 1.5 millones de mujeres víctimas de violencia, (42) lo anterior significa que, aun cuando se reconocen en mayor medida las diversas dinámicas de la violencia contra las mujeres, aún persisten condiciones institucionales y estructurales que las desestiman. La respuesta institucional a esta problemática está centrada en proporcionar servicios de asistencia inmediata a través de líneas telefónicas e intervención policial; atención especializada con asesoría y acompañamiento médico, psicológico, jurídico y de trabajo social; protección para mujeres, sus hijas e hijos en situación de riesgo; representación legal, y reparación del daño. Actualmente la infraestructura nacional de estos servicios es la siguiente: TABLA 3. INFRAESTRUCTURA NACIONAL DE ATENCIÓN A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIAS. NÚMERO INSTITUCIONES QUE BRINDAN ATENCIÓN 678 Centros de Atención Libertad, Igualdad, Bienestar, Redes y Emancipación para las Mujeres (Centros LIBRE) 41 Centros Externos de Atención 74 Refugios especializados para las mujeres que viven violencia de género, sus hijas e hijos 32 Representaciones de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas 75 Centros de Justicia para las Mujeres 21 Unidades estatales de Búsqueda de Personas 32 Unidades de atención desde las Instancias para las Mujeres en las Entidades Federativas 08 Casas de Emergencia 02 Servicios de atención telefónica 75 Unidades Médicas con Servicios Especializados de Atención a la Violencia de Género y Violencia Sexual, en cuyas instancias se provee de servicios esenciales como la atención de emergencia a lesiones, orientación emocional o psicológica, profilaxis para la prevención de infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH, anticoncepción de emergencia y servicios de aborto seguro. 35 Casas de la Mujer Indígena y Afromexicana en 17 entidades del país, las cuales constituyen una herramienta para el acceso a sus derechos y representan un espacio para brindar atención a la violencia contra las mujeres con pertinencia cultural, perspectiva de género y derechos humanos. Fuente: Elaboración con base en registros administrativos de la Secretaría de las Mujeres, 2025. Esta oferta de servicios está bajo la responsabilidad de las Instancias para las Mujeres en las Entidades Federativas (IMEF), fiscalías estatales, comunidades de mujeres indígenas, y organizaciones de la sociedad civil. Por otro lado, durante el 2022, el Atlas de Igualdad y Derechos Humanos del Observatorio Nacional de Derechos Humanos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH, 2022), reportó que 71,783 mujeres víctimas de violencia fueron atendidas en refugios y centros de justicia de todo el país. (43) Con la instalación de los Centros Libertad, Igualdad, Bienestar, Redes y Emancipación para las Mujeres (Centros LIBRE) , se fortalece y se amplía la cobertura y atención a las mujeres que enfrentan violencia, brindando asesoría psicoemocional, jurídica, promoción de la salud e impulsando acciones de prevención para favorecer el cambio cultural. Para fortalecer estas políticas, es necesario ampliar y mejorar la capacidad instalada, la profesionalización de servidoras y servidores públicos, así como la elaboración de herramientas, instrumentos y mecanismos especializados para atender de manera adecuada a las mujeres que viven violencias. En atención a lo anterior, se ha establecido el objetivo dos, con el que se buscará fortalecer la accesibilidad y los servicios de atención, con enfoque interseccional, intercultural, diferenciado y territorial para impulsar que las mujeres que viven violencias reciban atención integral y especializada, orientada a la restitución de sus derechos. Visión a largo plazo Para finales del presente sexenio, aspiramos a que se cuente con una estructura nacional de servicios de atención vinculados, organizados y regulados por el Estado, que garanticen que todas las mujeres que han vivido alguna forma de violencia reciban un correcto acompañamiento institucional que les proporcione atención integral y especializada, permitiéndoles recobrar su proyecto de vida y ejercer sus derechos. Para 2030, se proyecta que los servicios de refugios, centros de justicia y centros Libre se hayan expandido y fortalecido, garantizando cobertura en la mayor parte del territorio nacional, incluyendo regiones indígenas y afromexicanas, y principalmente, en aquellas con mayor incidencia de violencia contra las mujeres. Para 2045, los servicios de atención serán planeados reconociendo que hay tipos de violencias que requieren que las mujeres reciban procedimientos específicos de atención. Estos servicios, serán profesionalizados, asumiendo los más altos estándares, garantizando la integralidad y especialización, y atendiendo a principios como la no revictimización, no discriminación, no exclusión, constituyendo un puente para que las mujeres que viven violencia accedan a todos sus derechos humanos. Delitos de alto impacto cometidos en agravio de mujeres La prevalencia de las violencias contra las mujeres muestra un escenario desafiante y es aún más preocupante cuando este fenómeno se analiza desde su perspectiva delictiva. En registros recientes del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP, 2026), en enero de 2026 se reportó que del total de personas víctimas de delitos, 9,058 son mujeres, lo que representa 37.3% del total. Los delitos que afectan en mayor porcentaje a las mujeres son violencia familiar, (44) feminicidio, violencia sexual, trata de personas, corrupción de menores y lesiones dolosas . A nivel nacional se han registrado un total de 5,885 mujeres víctimas de lesiones dolosas , concentradas principalmente en el Estado de México y Guanajuato. (45) Según la misma fuente, se registró un total de 168 víctimas de corrupción de menores, delito concentrado principalmente en Guanajuato y Ciudad de México, y 47 mujeres víctimas de trata de personas , siendo Quintana Roo (46) la entidad con mayor recurrencia. En enero de 2026 se reportaron 54 víctimas de feminicidio a nivel nacional. El 38.9% de los casos se concentraron en 4 entidades: el Estado de México (4), Ciudad de México (5), Sinaloa (8) y Tamaulipas (4). En este mismo periodo se reportaron 128 mujeres víctimas de homicidio doloso ; los estados con mayor incidencia fueron Guanajuato, Baja California, Guerrero y Michoacán. (47) Otro de los delitos con un importante componente de género es la violencia sexual , como un mecanismo de control de los cuerpos de las mujeres. Datos de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE, 2025), muestran que las mujeres enfrentan un riesgo desproporcionado de ser víctimas de delitos sexuales ya que, por cada 10 casos registrados, 8 corresponden a mujeres. (48) En esta encuesta se muestra que existen 4,160 mujeres víctimas de delitos sexuales por cada 100 mil habitantes (incluyendo hostigamiento o intimidación sexual, manoseos, exhibicionismo, intento de violación y violación). (49) La ENDIREH reporta que para 2016, 8.1% de mujeres de 20 a 24 años sufrieron violencia sexual durante su infancia (50) y para 2021 aumentó a 12.7%. (51) Según datos del Grupo de Trabajo de Indicadores para Monitoreo y Seguimiento de la ENAPEA (SIMS-ENAPEA, 2024), en 2016 1.9% de adolescentes de 15 a 19 años refirió haber sufrido alguna agresión de tipo sexual, mientras que en 2021 este porcentaje se incrementó a 2.7%. Asimismo, el grupo de adolescentes que declaró haber vivido violencia sexual antes de los 15 años pasó de 5.6% en 2016 a 10.3% en 2021, lo que evidencia una grave intensificación del problema. (52) La violencia sexual contra niñas y adolescentes constituye en sí misma una violación grave de sus derechos humanos y con frecuencia deriva en embarazos forzados que limitan irreversiblemente su desarrollo y oportunidades futuras. De acuerdo con los registros en eventos obstétricos del Sector Salud, el embarazo en menores de 15 años ha incrementado. Mientras que en 2020 se registraron 8.7 por cada mil eventos obstétricos, en 2021 fueron 9.8, para 2022, 9.4 y para 2023 se registraron 9.7. Estas cifras dan cuenta de un problema público, ya que dichos embarazos son, en la mayoría de los casos producto de violencia sexual. Asimismo, la mayor parte de niñas y adolescentes, de 10 a 19 años que han sufrido violencia sexual han resultado embarazadas; 82.6% en 2019, 84.2% en 2020, 89.3% en 2021, 87.2% en 2022 y 85.9% en 2023. (53) Estas manifestaciones graves de violencia de género contra las mujeres impactan de manera diferenciada y agravada a los grupos en situación de vulnerabilidad. Al respecto, si bien no existen datos estadísticos específicos de los delitos que impactan sobre la vida de las mujeres indígenas, la prevalencia de violencia contra las mujeres de 15 años y más en los últimos 12 meses por situación de pertenencia y habla indígena registrada por el ENDIREH 2021, establece que 18.7% de las mujeres refirieron haber vivido violencia sexual. En el caso de las mujeres con discapacidad , los delitos de abuso sexual presentan una frecuencia significativamente mayor. Según los datos de la ENDIREH 2021, el 48.7% de las mujeres con discapacidad han vivido algún tipo violencia sexual. (54) Aunado a lo anterior, otro sector de mujeres que se encuentran en situación de vulnerabilidad y de invisibilización son las mujeres privadas de la libertad , quienes enfrentan violencias estructurales agravadas. Según la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL, 2021), de las 220.5 mil personas privadas de la libertad en centros penitenciarios del país, el 5.7% de la población son mujeres, siendo el Estado de México, la Ciudad de México, Jalisco y Baja California las entidades con mayor número de mujeres en centros penitenciarios. (55) Según los datos arrojados por la encuesta referida, 13.5% de las mujeres señaló que se siente insegura durante la estancia en su celda y el 24.3% en las instalaciones del centro de reclusión; el 42.5% indicó que ha sido víctima de algún delito o agresión dentro de los centros: el 19.4% de agresiones físicas, 15.9% de amenazas, 7.5% de hostigamiento sexual y 1.5% de violación sexual. (56) Infraestructura nacional para el acceso a la justicia Para dar respuesta a estos delitos, según el reporte del Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF, 2024), (57) la capacidad instalada en materia de procuración de justicia es la siguiente: TABLA 4. INSTITUCIONES DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA. NO. INSTITUCIÓN DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA 281 Agencias o Fiscalías del Ministerio Público especializadas en violencia familiar 248 Agencias especializadas en delitos sexuales 207 Agencias especializadas en delitos contra las mujeres 138 Agencias o fiscalías especializadas en feminicidio 89 Agencias o fiscalías especializadas contra la trata de personas Fuente: Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF) 2024. (58) Respecto a la impartición de justicia para las mujeres, las entidades federativas de Coahuila de Zaragoza, Baja California, Chihuahua y Quintana Roo cuentan con juzgados especializados en violencia familiar contra las mujeres con competencia mixta . Las entidades que cuentan con juzgados especializados en materia familiar son Guerrero, Michoacán, San Luis Potosí, Colima, Estado de México y Querétaro. Adicionalmente Tabasco y Querétaro disponen de juzgados especializados en materia penal . No obstante de los avances señalados, persisten retos significativos para que las mujeres accedan a la justicia, como la necesidad de incrementar la representación jurídica, ampliar cobertura institucional, fortalecer a las fiscalías especializadas, agilizar los procesos de procuración y administración de justicia, definir medidas de protección adecuadas y garantizar un mayor número de resoluciones condenatorias por delitos de género, acciones fundamentales para que las víctimas puedan acceder a una reparación integral del daño. Aunado a la problemática expuesta, la generación de estadísticas en delitos de género, incluido el feminicidio, presenta discrepancias derivadas de las diferencias metodológicas entre las diversas fuentes; mientras que el SESNSP contabiliza carpetas de investigación, el INEGI registra el número de víctimas. Adicionalmente, los registros judiciales sobre sentencias por delitos contra las mujeres , incluido el feminicidio, enfrentan problemas de accesibilidad y estandarización. Cada entidad federativa mantiene sus propios sistemas de información judicial, con criterios heterogéneos para la clasificación y publicación de datos. Además, existe un rezago considerable en la actualización y divulgación de estas estadísticas, lo que dificulta el seguimiento oportuno del sistema de justicia frente a los feminicidios y a otras formas de violencia contra las mujeres. En ese sentido, la falta de registros administrativos y judiciales impacta en el diseño, seguimiento y evaluación de políticas públicas destinadas a fortalecer el acceso a la justicia de las mujeres en situación de violencia. Considerando el panorama expuesto, se vislumbra que persiste la necesidad urgente no solo de garantizar la debida diligencia y sancionar a los agresores, sino también de asegurar la reparación integral del daño y la restitución plena de derechos . La reparación debe materializarse a través de medidas transformadoras que modifiquen las condiciones generadoras de la violencia, incluyendo indemnizaciones, rehabilitación, garantías de no repetición y políticas públicas con enfoque integral. A través del objetivo tres, se buscará promover el acceso a la justicia y la protección de mujeres víctimas de violencias por razones de género, mediante la implementación de mecanismos de acompañamiento integral, reparación del daño y el fortalecimiento de las instituciones de procuración y administración de justicia. Visión a largo plazo Visualizamos que el acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia sea un derecho garantizado por un Estado transformador garante de la igualdad sustantiva; un sistema de justicia en donde las mujeres, especialmente las históricamente excluidas, encuentren respuestas ágiles, protección efectiva, libres de revictimización y reparación integral. Para 2030 se habrán consolidado los servicios especializados, con registros homologados sobre las medidas de protección y estándares para la valoración del riesgo. El sistema de justicia será especializado, con personas juzgadoras y fiscales expertas en género. Para 2045, la creación de las Fiscalías Especializadas en todo el país y los juzgados especializados, habrán contribuido a reducir la impunidad, la revictimización y la construcción de un sistema de procuración y administración de justicia que actúen con celeridad y debida diligencia. Mecanismos de coordinación para la erradicación de la violencia de género en México La erradicación de la violencia de género contra las mujeres exige una respuesta articulada y multisectorial, donde los mecanismos de coordinación son fundamentales. Estas estrategias de colaboración entre instituciones gubernamentales son vitales para garantizar la cohesión de las políticas públicas, optimizar recursos, crear un frente común que permita vincular todos los ejes de política pública prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y la generación de datos estandarizados que den cuenta de la violencia, que permita la trazabilidad de los casos y que fortalezca las políticas públicas El Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM) constituye la herramienta informática fundamental para el registro y seguimiento de los casos de violencia de género en México. Su función principal es consolidar de manera sistemática y estandarizada, los datos sobre las agresiones reportadas, documentando sus particularidades, características y el estatus procesal de cada caso. Al centralizar esta información, el BANAVIM es un instrumento esencial de coordinación interinstitucional, ya que permite el intercambio de datos entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal) involucradas en la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres. Para fortalecer su eficacia y alcance, el BANAVIM requiere robustecer la interoperabilidad con los sistemas locales y de las fiscalías, garantizando que la captura de datos sea completa, oportuna y homogénea en todo el territorio; capacitar de forma permanente al personal responsable de la alimentación y manejo del sistema, para asegurar la calidad, confidencialidad y el tratamiento adecuado de la información; incrementar la cobertura y actualización de los registros para garantizar que los datos reflejen la dinámica actual de la violencia, finalmente, se debe fortalecer el análisis de los datos para generar políticas públicas que permita identificar patrones de riesgo, evalúe la efectividad de las medidas implementadas y dirija los recursos hacia donde son más urgentes. El Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de las Violencias contra las Mujeres , es el mecanismo interinstitucional fundamental en la articulación de políticas públicas para combatir la violencia de género en México, cuyo objetivo es la conjunción de esfuerzos, instrumentos, políticas, servicios y acciones interinstitucionales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres. Este Sistema se integra por instituciones de la Administración Pública Federal y gobiernos estatales, para su funcionamiento, cuenta con comisiones que atienden los principales ejes de acción. Con la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias de enero de 2026 , el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de las Violencias contra las Mujeres se fortalece institucionalmente al designar a la Presidencia de la República como figura rectora, lo que garantiza la máxima prioridad política y articulación intergubernamental. Por otro lado, la Secretaría de las Mujeres asume la Secretaría Ejecutiva, profesionalizando la operación y el seguimiento técnico de este mecanismo. Al integrar formalmente a las personas titulares de los ejecutivos estatales, se refuerza la corresponsabilidad y la coordinación nacional, asegurando que las acciones tengan impacto en todo el territorio. Esta reestructura fortalece el Sistema unificando estrategias y vinculado de manera obligatoria a las entidades federativas en una política de Estado a favor de las mujeres, permitiendo dar operatividad a la política nacional para erradicar las violencias. Para optimizar su funcionamiento, se requiere que las personas servidoras públicas se encuentren debidamente capacitadas y profesionalizadas para prevenir y atender las violencias; que se integre la perspectiva de género en el diseño de políticas institucionales, así como la implementación de normativas, lineamientos y protocolos homologados. La coordinación interinstitucional es una estrategia prioritaria para el segundo piso de la Cuarta Transformación. Desde el gobierno federal se promueve la articulación y el trabajo conjunto para hacer frente a los diversos retos en materia de igualdad de género y el derecho a una vida libre de violencias. Por eso, desde el primer año de gobierno, se impulsó una reforma que eleva a rango constitucional la igualdad sustantiva, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias y erradicación de la brecha salarial por razones de género. Esta reforma establece la obligación de garantizar a las mujeres una vida libre de violencias, incorporando la perspectiva de género en el quehacer de la seguridad pública, en las instituciones encargadas de la administración de justicia y la obligatoriedad de establecer fiscalías especializadas en las entidades federativas, así como la aprobación de leyes secundarias para la inclusión de estos preceptos en las constituciones locales. A partir del reconocimiento de que la igualdad y la prevención de la violencia no se construyen sin la atención a las causas que las genera, en los últimos años, desde el gobierno federal, se han implementado programas orientados a reducir las brechas de desigualdad, y que a la vez contribuyen a que las mujeres ejerzan su derecho a una vida libre de violencias. Tal es el caso de la ejecución del " Programa Mujeres Bienestar " , que contribuye a fortalecer la autonomía económica de las mujeres que se encuentran en un rango etario de 60 a 64 años y reconoce toda una vida de trabajos no remunerados, contribuyendo a que salgan de posibles ciclos de violencia. Por otro lado, el programa " Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente " representa un apoyo fundamental para las mujeres, ya que la independencia económica es clave para reducir la condición de vulnerabilidad, fortalecer su capacidad de decisión y facilitar su autonomía física en caso de vivir contextos de violencia. Si bien se cuenta con programas y mecanismos interinstitucionales para la prevención y atención de la violencia contra las mujeres, es necesario fortalecerlos para promover una actuación más eficiente y procesos estandarizados, que defina responsabilidades claras y mecanismos de seguimiento. Este programa a través de su objetivo cuatro , busca fomentar que los mecanismos de coordinación interinstitucional de todos los órdenes de gobierno promuevan y fortalezcan políticas públicas integrales y sostenibles, con enfoque de género y derechos humanos, impulsando su plena implementación, seguimiento y evaluación para la erradicación de las violencias contra las mujeres. Visión de largo plazo La coordinación interinstitucional no es un fin en sí mismo, sino un medio para lograr resultados concretos en la erradicación de la violencia contra las mujeres. Esto incluye la difusión de avances, la rendición de cuentas y la disposición para ajustar las estrategias cuando sea necesario. Para 2030, se unificarán los esfuerzos institucionales basados en un entendimiento profundo y compartido de las causas estructurales de la violencia contra las mujeres, a través de instrumentos unificados, protocolos estandarizados,

Leyes afectadas

Más publicaciones de PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA