El Programa Nacional de Proyectos Estratégicos para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres 2026-2030 tiene como objetivo promover la igualdad sustantiva y garantizar que todas las mujeres, adolescentes y niñas ejerzan plenamente sus derechos. Incluye acciones específicas en educación, salud, cultura y la eliminación de la violencia de género. La implementación de este programa se financiará con los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.
Este programa afecta a diversas entidades del sector público y a organizaciones de la sociedad civil que trabajen en temas de igualdad de género. Las empresas también pueden verse impactadas, especialmente aquellas que implementan políticas de igualdad y diversidad en el lugar de trabajo. Es recomendable que estas organizaciones revisen sus políticas y programas internos para alinearse con los objetivos del programa y evitar posibles sanciones o multas por incumplimiento.
Además, deben estar al tanto de las convocatorias y oportunidades de financiamiento que puedan surgir a partir de este programa, ya que podría haber recursos disponibles para proyectos que promuevan la igualdad de género en sus operaciones.
Resumen
Se publica el Programa Nacional de Proyectos Estratégicos para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres 2026-2030, que establece objetivos y estrategias para promover la igualdad de género en diversas áreas.
Texto completo
PROGRAMA Nacional de Proyectos Estratégicos para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres 2026-2030. PROGRAMA NACIONAL DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES 2026-2030 1. Índice
1. Índice 2. Señalamiento del origen de los recursos del programa 3. Siglas y acrónimos 4. Fundamento normativo 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo 6. Objetivos 6.1 Relevancia del objetivo 1: Promover la igualdad sustantiva para que todas las mujeres, adolescentes y niñas puedan ejercer plenamente sus derechos. 6.2 Relevancia del objetivo 2: Promover las autonomías y libertades de las mujeres, adolescentes y niñas para tomar decisiones en todos los ámbitos de su vida. 6.3 Relevancia del objetivo 3. Fortalecer el acceso a la educación, la salud, la cultura, la vivienda y la sostenibilidad ambiental de las mujeres, adolescentes y niñas para garantizar el ejercicio de sus derechos y su bienestar personal y colectivo. 6.4 Relevancia del objetivo 4: Eliminar todas las formas de violencias contra mujeres, adolescentes y niñas a través de la prevención, la atención a las causas y el cambio cultural. 6.5 Relevancia del objetivo 5: Promover el reconocimiento y redistribución de los trabajos del hogar y de cuidados, fomentando la corresponsabilidad entre los gobiernos, el sector privado, los hogares, las familias y la comunidad. 6.6 Relevancia del objetivo 6: Fortalecer las redes y organizaciones de mujeres que reconozcan y fortalezcan sus propias formas de liderazgo y participación política, social y comunitaria que contribuya a transformar la realidad desde una lógica colectiva. 6.7 Vinculación de los objetivos del Programa Nacional de Proyectos Estratégicos para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres 2026-2030 7. Estrategias y líneas de acción 8. Indicadores y metas 9. Lista de dependencias y entidades participantes en el Programa 2. Señalamiento del origen de los recursos del programa
La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa Nacional de Proyectos Estratégicos para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres 2026-2030 (PNPEISMH 2026-2030), incluyendo aquellas correspondientes a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el PNPEISMH 2026-2030, en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal respectivo. 3. Siglas y acrónimos
ACNUDH : Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos AMEXCID : Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo APF : Administración Pública Federal ATDT : Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones BANOBRAS : Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. BIENESTAR : Secretaría del Bienestar CEAV : Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas CEDAW : Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer CENAPRED : Centro Nacional de Prevención de Desastres CENSIDA : Centro Nacional para la Prevención y Control del VIH y el sida CENSIA : Centro Nacional para la Salud de la Infancia y Adolescencia CENSO : Censo de Población y Vivienda CEPAL : Comisión Económica para América Latina y el Caribe CFE : Comisión Federal de Electricidad CNEGSSR : Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva . CNDH : Comisión Nacional de Derechos Humanos CNBV : Comisión Nacional Bancaria y de Valores COMAR : Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados CONADE : Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte CONADIC : Comisión Nacional contra las Adicciones CONADIS : Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad CONAFE : Consejo Nacional de Fomento Educativo CONAFOR : Comisión Nacional Forestal CONAGO : Conferencia Nacional de Gobernadores CONAGUA : Comisión Nacional del Agua CONAPO : Consejo Nacional de Población CONAPRED : Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación CONASAMA : Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones CONASAMI : Comisión Nacional de los Salarios Mínimos CONAVI : Comisión Nacional de Vivienda CONAVIM : Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres CONOCER : Con sejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales CPEUM : Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos CULTURA : Secretaría de Cultura ENADID : Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica ENADIS : Encuesta Nacional sobre Discriminación ENAPEA : Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes ENASIC : Encuesta Nacional para el Sistema de Cuidados ENCUCI : Encuesta Nacional de Cultura Cívica ENDIREH : Encuesta Nacional Sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares ENIGH : Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares ENOE : Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo ENSANUT : Encuesta Nacional de Salud y Nutrición ENUT : Encuesta Nacional sobre el Uso del Tiempo ENVI : Encuesta Nacional de Vivienda ENVIPE : Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública FGR : Fiscalía General de la República FONART : Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías FOVISSSTE : Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado IMCO : Instituto Mexicano para la Competitividad IMJUVE : Instituto Mexicano de la Juventud IMPI : Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial IMSS BIENESTAR : Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar. IMSS : Instituto Mexicano del Seguro Social IMEF : Instancias de las Mujeres en Entidades Federativas INAES : Instituto Nacional de la Economía Social INAH : Instituto Nacional de Antropología e Historia INALI : Instituto Nacional de Lenguas Indígenas INAPAM : Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores INE : Instituto Nacional Electoral INECC : Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático INEGI : Instituto Nacional de Estadística y Geografía INFONAVIT : Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores INGER : Instituto Nacional de Geriatría INM : Instituto Nacional de Migración INMUJERES : Instituto Nacional de las Mujeres INPI : Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas ISSSTE : Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado JUCOPO : Junta de Coordinación Política LGBTIQ+ : Lesbiana, Gay, Bisexual, Transgénero, Intersexual, Queer y + que representa otras identidades no incluidas en la sigla. LGISMH : Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres MEJOREDU : Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación MOCIBA : Módulo sobre Ciberacoso MODECULT : Módulo Sobre Eventos Culturales Seleccionados MOPRADEF : Módulo de Práctica Deportiva y Ejercicio Físico MUJERES : Secretaría de las Mujeres NAFIN : Nacional Financiera, S.N.C. NEM : Nueva Escuela Mexicana OIC : Órgano Interno de Control OMS : Organización Mundial de la Salud PA : Procuraduría Agraria PEF : Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente PG : Perspectiva de Género PEMEX : Petróleos Mexicanos PIB : Producto Interno Bruto PJF : Poder Judicial de la Federación PND : Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 PNPEISMH 2026-2030 : Programa Nacional de Proyectos Estratégicos para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres 2026-2030 RENAPO : Registro Nacional de Población RAN : Registro Agrario Nacional Redes Mucpaz : Redes de Mujeres Constructoras de Paz SABG : Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno SADER : Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural SALUD : Secretaría de Salud SCJN : Suprema Corte de Justicia de la Nación SE : Secretaría de Economía SECIHTI : Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación SECTUR : Secretaría de Turismo SEDATU : Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano SEDENA : Secretaría de la Defensa Nacional SEGOB : Secretaría de Gobernación SEMAR : Secretaría de Marina SEMARNAT : Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales SENER : Secretaría de Energía SEP : Secretaría de Educación Pública SHCP : Secretaría de Hacienda y Crédito Público SICT : Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes SE-SIPINNA : Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes SNDIF : Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia SNIEG : Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica SNISMH : Sistema Nacional para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres SNPASEVM : Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de las Violencias contra las Mujeres SPR : Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano SRE : Secretaría de Relaciones Exteriores SSPC : Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana SSECCOE : Comités de Ética en el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Coordinación de las actividades de los Comités de Ética STPS : Secretaría del Trabajo y Previsión Social TEPJF : Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación UNAM : Universidad Nacional Autónoma de México UNESCO : Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UIG : Unidades de Igualdad de Género UNFPA : Fondo de Población de las Naciones Unidas 4. Fundamento normativo
El Programa Nacional de Proyectos Estratégicos para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres (PNPEISMH 2026-2030) es un programa especial guiado desde el inicio por los " 100 Compromisos para el Segundo Piso de la Cuarta Transformación " y derivado del Plan Nacional de Desarrollo (PND 2025-2030), cuya elaboración se enmarca en el Sistema de Planeación Democrática al que hace referencia el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), conforme a lo que señala el artículo 22 de la Ley de Planeación. Este programa especial, encuentra a su vez fundamento en la reciente reforma del artículo 4o. de la CPEUM, que establece que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres. Dicha reforma, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 1o. constitucional, compone la piedra angular para que las autoridades, en el ámbito de sus competencias, promuevan, respeten, protejan y garanticen los derechos humanos, incluyendo la igualdad sustantiva y para que actúen en ese sentido para prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a estos derechos humanos, de conformidad con la normatividad que les es aplicable. De acuerdo con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), los Estados Parte tienen la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para modificar los patrones socioculturales que fomentan la idea de inferioridad de las mujeres respecto de los hombres, con el fin de eliminar los prejuicios y prácticas que perpetúan la discriminación (ONU, 1979, art. 5). (1) Derivado de lo dispuesto en la Plataforma de Acción de la IV Conferencia Internacional de las Mujeres celebrada en Beijing, China, el Estado mexicano se compromete a integrar la perspectiva de género en diversos planes, programas y proyectos de gobierno (ONU, 1995, medida 58). (2) Que en el Proyecto de Nación delineado en el PND 2025-2030, se plantea el Eje Transversal 1: " Igualdad Sustantiva y Derechos de las Mujeres " , que busca garantizar que las mujeres sean el centro del desarrollo nacional, no sólo como beneficiarias de derechos, sino como protagonistas del cambio social, económico y político, estableciendo para ello, políticas y estrategias que aborden de manera integral las condiciones que perpetúan la desigualdad y las violencias, desde un enfoque interseccional e intercultural que considere la diversidad de experiencias y realidades de las mujeres a lo largo de su vida, incluyendo a mujeres indígenas y afromexicanas, con discapacidad, rurales, de la diversidad sexual y en condiciones de pobreza. El artículo 29 de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, dispone que el PNPEISMH 2026- 2030 será propuesto por la Secretaría de las Mujeres (MUJERES), de conformidad con lo dispuesto en el: " Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 de la CPEUM; de la Ley General de Desarrollo Social; de la Ley General de Salud; de la Ley General de Educación; de la Ley del Seguro Social; de la Ley de Migración; de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; de la Ley de Planeación; de la Ley de Vivienda; de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley Federal del Derecho de Autor; de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de enero de 2026. " El PNPEISMH 2026-2030 fue elaborado por MUJERES, en observancia a las facultades conferidas en el artículo 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el que se dispone que le corresponde elaborar, ejecutar y dar seguimiento al cumplimiento de los programas especiales en materia de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, así como formular, coordinar, proponer, articular, fortalecer, vigilar y monitorear las políticas públicas con enfoque de género, interseccionalidad y de derechos humanos, que aseguren, entre otros, el derecho a la igualdad sustantiva en los procesos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF) y de las autoridades estatales y municipales, para garantizar la observancia de estos principios en los tres Poderes de la Unión. En virtud de lo anterior, Mujeres es la dependencia responsable de coordinar la integración, publicación, ejecución, seguimiento y rendición de cuentas del PNPEISMH 2026-2030 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
Obstáculos para el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres. Actualmente en México se ha trabajado desde el sexenio anterior para atender los desafíos de violencias e injusticias estructurales, provenientes de años de gobiernos neoliberales, que han obstaculizado la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. Diversas normas sociales y culturales, profundamente arraigadas, siguen legitimando la subordinación de las mujeres y perpetuando estereotipos discriminatorios. Según la Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) 2022, el 17% de la población considera que las mujeres deben ayudar en los quehaceres del hogar más que los hombres. (3) Aunado a lo anterior, es necesario continuar utilizando un enfoque interseccional e intercultural. De acuerdo con la ENADIS (2022), mientras que 8 de cada diez personas entre 15 y 19 años tienen la secundaria terminada, solo el 48% de las mujeres hablantes de lengua indígena alcanzado dicho nivel de estudios. (4) En el espacio público, la igualdad sustantiva ha ganado terreno. En la actualidad la paridad se ha instalado en el gabinete de gobierno y progresivamente permea en el conjunto de la APF. Las mujeres en puestos directivos representan el 36% del total y dirigen el 23% de las instituciones, según las estadísticas del Registro de Servidores Públicos del Gobierno Federal. (5) No obstante, las estructuras organizacionales no se han apropiado plenamente de la perspectiva de género. Diversas instituciones públicas presentan retos para incorporar de forma efectiva la perspectiva de género en sus políticas, programas y presupuestos. Uno de los factores que da cuenta de lo anterior es que las Unidades de Igualdad de Género (UIG) suelen operar con escasos recursos, limitada autonomía técnica-normativa y una reducida capacidad de incidencia. Solo 62% de las UIG estudiadas estaban formalmente constituidas y solo el 58% contaban con presupuesto etiquetado. (6) Esta situación se replica en las Instancias de las Mujeres en las Entidades Federativas (IMEF). Para 2024, solo 13 de 32 gobiernos estatales transformaron la naturaleza jurídica de las IMEF para convertirlas en Secretarías de Estado. (7) Un efecto de lo anterior es la persistente ausencia de políticas públicas diferenciadas y de acciones afirmativas (medidas especiales de carácter temporal) que respondan a las necesidades de las mujeres, de acuerdo con sus distintos contextos. La igualdad formal está presente prácticamente en todos los aspectos de la vida. Incluso, 31 entidades federativas cuentan con una ley para la igualdad entre mujeres y hombres y 24 de esas entidades han publicado su reglamento. (8) A pesar de este avance en la armonización de las legislaciones locales con la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, la implementación del marco legal para la garantía de los derechos humanos de las mujeres es heterogénea, lo que inhibe la igualdad sustantiva. Mientras que en alguna entidad las personas gozan de cierto derecho, en otra entidad apenas podría tratarse de una prestación discrecional. En este sentido, la armonización legislativa se vislumbra como una herramienta para eliminar la discriminación contra las mujeres, producto de un trato jurídico diferenciado a partir del lugar donde viven. Además de un marco jurídico robusto, lograr la igualdad plena entre mujeres y hombres requiere intervenciones financiadas con recursos públicos. Al respecto, México destina una cantidad creciente de recursos a través del Anexo 13 denominado Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), que se emite anualmente. Tan solo de 2025 a 2026, hubo un incremento de 25% nominal en el presupuesto para la igualdad de género, resultando en un monto aprobado de 599 mil 203 millones de pesos para el ejercicio fiscal 2026. Si bien los recursos etiquetados se concentran en los ramos Bienestar y Educación, persiste el reto de vincular el ejercicio de estos con el cierre de brechas de desigualdad, especialmente, a través de la medición de los resultados de las acciones que beneficien a las mujeres y niñas en contextos de mayores vulnerabilidades. Un aspecto relacionado con la importancia de diseñar acciones y políticas que respondan a la diversidad de situaciones y necesidades de las mujeres se refiere a la producción y uso de datos desagregados y con enfoque interseccional. La falta de información precisa impide la elaboración de diagnósticos adecuados y dificulta tanto el monitoreo de las acciones, como el reporte de resultados. México ha asumido compromisos con los derechos humanos de las mujeres al ratificar 12 instrumentos vinculados con sus derechos. (9) Estos instrumentos establecen derechos específicos, junto con mecanismos para protegerlos y exigir su cumplimiento. Sin embargo, es necesario fortalecer la articulación entre la agenda internacional de género y las políticas públicas. Además, es importante fortalecer los compromisos de la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas, considerando en especial el objetivo 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas, que es transversal; además de continuar con la agenda de mujeres, paz y seguridad, así como la política exterior feminista del Gobierno de México, con énfasis en la movilidad humana y la cooperación internacional. En este orden de ideas, además de acciones con financiamiento, lograr la igualdad sustantiva exige contar con mecanismos de evaluación y rendición de cuentas. Existen varios mecanismos, especialmente para transparentar el uso de los recursos públicos, pero resultan insuficientes para dar cuenta del cierre de brechas de desigualdad de género. Por ejemplo, los recursos etiquetados en el Anexo Transversal 13 del PEF son monitoreados a través de informes trimestrales y la Cuenta Pública para mostrar la inversión monetaria programada para atender a grupos poblacionales y sectores vulnerables, pero no visibilizan su contribución en la implementación de las políticas públicas para las mujeres, ni a las metas respectivas de la planeación nacional. (10) Además, la participación ciudadana en el seguimiento de los recursos y los resultados de las acciones y programas es limitada. Actualmente, existe la figura de contraloría social formalizada como un mecanismo de participación ciudadana para vigilar la transparencia de programas gubernamentales que cuenten con Reglas de Operación, cuenta con diversos principios para su funcionamiento, pero la falta de igualdad de género en su conformación, deja a las mujeres fuera de programas y acciones. Gracias a la implementación del PNPEISMH 2026-2030, en especial del objetivo 1: Promover la igualdad sustantiva para que todas las mujeres y niñas puedan ejercer plenamente sus derechos , se contribuirá al bienestar de las mujeres y niñas mediante la reducción de las desigualdades estructurales, el fortalecimiento institucional, la ampliación de su participación en la toma de decisiones y el impulso de un cambio cultural que transforme los imaginarios sociales. La institucionalización de la perspectiva de género será más eficaz, con recursos etiquetados, mecanismos de rendición de cuentas robustos y una participación social con capacidad de incidencia. Para 2030, México aspira a contar con un sistema institucional fortalecido, políticas públicas articuladas con enfoque interseccional, intercultural y de cuidados, con mecanismos eficientes de evaluación y seguimiento, y avances tangibles en la reducción de las brechas que impiden el pleno ejercicio de derechos de mujeres y niñas. La transversalización de la perspectiva de género y de cuidados será una realidad operativa en todos los niveles de gobierno, permitiendo avanzar en el camino de la igualdad sustantiva plena sobre el de las acciones específicas en favor de las mujeres. Hacia 2045, se habrá consolidado la igualdad sustantiva como pilar estructural del desarrollo nacional. México será una sociedad libre de todo tipo de violencias, con igualdad en la distribución del tiempo, los recursos y el poder. Las mujeres ejercerán plenamente su autonomía, y el cambio cultural será una realidad colectiva interiorizada e irreversible que habrá dado lugar a la idea tan anhelada en la que todas y todos somos iguales ante la ley. En el entendido de que todas las personas merecemos igualdad en el acceso a las mismas oportunidades al ser sujetas plenas de derecho. Obstáculos y limitaciones para el ejercicio de la autonomía de las mujeres. La autonomía (11) es entendida como la capacidad de las personas para tomar decisiones libres e informadas sobre sus vidas, para poder ser y hacer en función de sus propias aspiraciones y deseos en el contexto histórico que las hace posibles (12) . Para el goce de la autonomía de las mujeres se requiere generar condiciones que desmantelen estructuras de desigualdad y discriminación. Más allá de lo que individualmente se pueda alcanzar, el Estado debe garantizar las posibilidades y las políticas públicas necesarias. Hablar de la autonomía física de las mujeres, adolescentes y niñas, no es suficiente para reconocer el derecho de vivir una vida libre de discriminación y violencias ni de ejercer sus derechos sexuales y derechos reproductivos en condiciones adecuadas; sin embargo, pese a los esfuerzos y avances sobre el respeto, promoción, protección y garantía de estos derechos, aún existen áreas de oportunidad para eliminar condiciones estructurales de exclusión y explotación de las mujeres, normas culturales, creencias y prácticas discriminatorias y violentas que impidan a las mujeres ejercer libremente su autonomía, las cuales se tienen que erradicar de manera inmediata. Continuar con los esfuerzos para fortalecer la autonomía y empoderamiento para las mujeres es fundamental para alcanzar la igualdad de género. Ya que no podemos hablar de autonomía mientras existan casos de violencias contra las mujeres, maternidades adolescentes e infantiles, uniones tempranas forzadas o legislaciones que penalizan la interrupción del embarazo, por poner algunos ejemplos. En el campo de los derechos sexuales y reproductivos, uno de los trabajos de mayor inmediatez, es el embarazo de niñas y adolescentes, lo cual advierte la existencia de una importante desventaja que enfrentan las mujeres más jóvenes en el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva. Sumado a lo anterior, el Consejo Nacional de Población (CONAPO, 2018) señala respecto al embarazo de niñas menores de 14 años, (13) que el problema es resultado de las condiciones estructurales de injusticia de género, las violencias sexuales y evidentes abusos de poder por parte de las personas con autoridad y fuerza dentro del núcleo familiar o en escuelas e instituciones donde se encuentran las niñas. Estos derechos se ven vulnerados por los contextos culturales y sociales, la pobreza extrema en los que se desarrollan y en la que viven, la crudeza de las formas interseccionales en que se presenta la discriminación, generación tras generación, haciendo casi inviables los proyectos de vida, de emancipación y de autonomía, tanto personales como ligados a la comunidad. Además, hace evidente la necesidad de continuar con los esfuerzos para aumentar el acceso a la información en salud sexual y reproductiva y a la educación integral en sexualidad. Y trabajar para que deje de existir coerción para ejercer la autonomía de sus cuerpos y el derecho a decidir, así como matrimonios infantiles y uniones tempranas forzadas y violencia sexual. (14) Si bien, con el inicio de la Cuarta Transformación de nuestro país, se ha fortalecido la Educación Integral de la Sexualidad de manera sustantiva, con la implementación de la Nueva Escuela Mexicana en el marco de la reforma al artículo 3º Constitucional, la tasa de embarazo adolescente en México sigue siendo muy alta. Según datos de (CONAPO) en 2024 la tasa específica de fecundidad en adolescentes de 15 a 19 años fue de 59.46 nacimientos por cada mil adolescentes (15) y en 2023 el porcentaje de mujeres de 20 a 24 años sexualmente activas con necesidad insatisfecha de métodos anticonceptivos fue del 22.1%, (16) lo que pudo influir a que algunas mujeres experimentaran embarazos no planeados. Los derechos sexuales y reproductivos se relacionan con el derecho al acceso a la salud, a la libertad de decidir, entre otros. A partir de estos las personas pueden decidir de manera libre, informada, segura y responsable sobre el ejercicio de su sexualidad y las circunstancias en las que deciden tener hijos e hijas o no tenerlos. (17) El aborto, por ejemplo, es una decisión personal y un derecho fundamental que debe ser respetado y protegido, pues las mujeres tienen el derecho de decidir sobre su cuerpo y su salud reproductiva, su libertad reproductiva y acceso a la justicia reproductiva, sin ser juzgadas ni estigmatizadas. En septiembre de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la criminalización del aborto ya que obstaculiza el derecho de las mujeres a decidir; (18) sin embargo, a 2025 solo en 24 entidades federativas se ha despenalizado el aborto. (19) Bajo este contexto, es necesario que las políticas de salud se implementen desde un enfoque de género, de derechos humanos, interseccionalidad y culturalmente pertinentes; y las dependencias, en el ámbito de sus competencias, garanticen los derechos sexuales y reproductivos de todas las mujeres en el país, promoviendo y asegurando su acceso de forma gratuita, segura y legal, especialmente en las poblaciones que se encuentran más empobrecidas. Por su parte, la autonomía económica es un pilar fundamental para la vida digna de las mujeres y, por ende, es necesario que las mujeres perciban ingresos que les permitan vivir y disponer libremente de su tiempo para ejercer el derecho a la educación, acceder al trabajo dignamente remunerado, desarrollarse personal, profesional y comunitariamente, participar de manera activa en la vida social y política, y dedicarse a sus seres queridos sin que ello se transforme en una barrera. La acción gubernamental, como generador de políticas públicas, debe analizar el empleo asalariado de las mujeres con un enfoque de género e interseccional, con el fin de atender y cerrar las brechas que las mujeres enfrentan para la obtención de ingresos y recursos propios; por lo que se debe reconocer que las mujeres se concentran en ciertos sectores y ocupaciones (segregación horizontal), que tienden a estar en posiciones en el extremo inferior de la jerarquía ocupacional (segregación vertical) (20) y que, dependiendo de la condición de vulnerabilidad en la que se encuentren estas desigualdades se acentúan, por lo que se vuelve indispensable la adopción de estrategias interseccionales que aborden las diversas situaciones en las que se encuentran las mujeres de manera integral. El trabajo remunerado es la principal fuente para obtener ingresos propios, situación que se relaciona directamente con la autonomía de las mujeres. No sólo influye en lo económico, sino también en el desarrollo personal, la toma de decisiones y la capacidad de enfrentar situaciones, como la violencia de pareja. Aún persisten limitaciones estructurales que impiden a las mujeres desarrollarse plenamente en este ámbito de su vida; por ejemplo, la brecha salarial que se presenta entre hombres y mujeres. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2024 (ENIGH), el ingreso monetario promedio trimestral para los hombres en ese año fue de $36,047.00 pesos mexicanos, mientras que para las mujeres solo fue de $23,714.00 pesos mexicanos. (21) Las desigualdades también se observan a partir de la ubicación geográfica y la pertenencia étnica, pues para mujeres que hablan alguna lengua indígena el ingreso promedio fue de $12,479.00 pesos mexicanos, siendo las regiones rurales las de menor ingreso. (22) Por su parte, la Encuesta Nacional para el Sistema de Cuidados 2022 (ENASIC), reflejó que nueve de cada 10 personas que abandonan el trabajo remunerado por realizar trabajo de cuidados son mujeres; (23) lo anterior, en virtud de que el trabajo de cuidados recae primordialmente en ellas, aunado a la falta de empleos con horarios flexibles o medidas de conciliación. La problemática se sigue acentuando; ya que, por una parte, la búsqueda de trabajos más flexibles puede implicar la aceptación de una menor remuneración y seguir en las ocupaciones consideradas " femeninas " , y por otra, las personas empleadoras, influenciadas por los roles de género construidos socialmente, no fomentan la igualdad de oportunidades en sus espacios de trabajo ni generan condiciones que permitan el reconocimiento de las capacidades de las mujeres. La situación de exclusión de las mujeres en espacios de decisión sigue siendo un hecho marcado, inclusive, en la APF. Si bien se ha logrado la paridad en las titularidades de las Secretarías de Estado, las condiciones no son las mismas al interior de éstas. En 2023 la participación de las mujeres se concentró en los puestos de menor rango y disminuye conforme aumenta el nivel jerárquico. Mientras que las mujeres ocuparon 47% de los puestos de enlace - nivel de menor jerarquía - , esta proporción se reduce a 33% en los puestos de mando superior, que incluyen a las subsecretarías de Estado, jefaturas de unidad y direcciones generales. (24) En cuanto a la distribución de trabajo por sexo, de acuerdo con datos del Observatorio Laboral de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el promedio de mujeres ocupadas es del 40%. Los sectores con mayor número de mujeres ocupadas son Educación y Salud (63.9%), Turismo (46%) y Comercio (42.8%), a diferencia de los sectores Extractivo, Agropecuario y Construcción, donde la participación de las mujeres es muy escasa (20%, 16.2% y 13.5% respectivamente). (25) Bajo este contexto, el PNPEISMH 2026-2030 principalmente enfoca sus acciones a promover la igualdad salarial y garantizar el acceso y la permanencia de las mujeres en el trabajo formal, eliminando estereotipos y prácticas sexistas en condiciones igualitarias de trabajo, fortaleciendo a su vez las capacidades de las mujeres para impulsar su participación en la toma de decisiones y garantizando la justicia social. El objetivo 2: Promover las autonomías de las mujeres y niñas para tomar decisiones y ejercer control sobre sus vidas en todos los ámbitos, aspira a que las mujeres de todas las edades, culturas, identidades sexogenéricas y territorios, logren acceder a ingresos propios y empleo bien remunerado, sin dejar de lado la perspectiva de su entorno, su pueblo y comunidad. Para analizar la contundencia del avance en esta dimensión material y económica de las autonomías de las mujeres, también hay que considerar las 11 acciones de la República de y para las Mujeres, concretamente el " Impulso a las capacidades productivas de las mujeres, con acceso a capacitación, empleo y emprendimiento (acción 10), y los 100 compromisos de gobierno para el periodo 2025-2030 mismos que se agrupan en Catorce Repúblicas y fundamentan el PND 2025-2030. La justicia económica no solo será clave para mejorar la vida de las mujeres, sino también para el desarrollo sostenible de las comunidades urbanas, rurales y pueblos de todo el país. Por lo que, para 2030, se aspira alcanzar nuevas metas relativas a que las mujeres vayan obteniendo ingresos bien remunerados y así cuenten con más posibilidades para decidir, con el apoyo oportuno, la contención, protección y acompañamiento del Estado, para romper ciclos de violencia, invertir en su educación y salud de ellas y sus hijas e hijos, y participar activamente en la vida pública y política. En este sentido, todas las mujeres, ejercerán plenamente su derecho a la justicia económica. Este horizonte se concreta en sociedades que habrán eliminado las barreras estructurales que históricamente limitaron su acceso al trabajo digno, a la educación, a los recursos productivos y al reconocimiento de su aporte al cuidado. Todo esto habrá sido posible gracias al compromiso sostenido del Estado, las instituciones, las empresas y las comunidades para construir una nueva sociedad basada en la igualdad sustantiva. Un pacto en el que la justicia económica de las mujeres ya no es una aspiración, sino una realidad efectiva. Con respecto a la autonomía física, para el México del 2030 buscamos que todas las mujeres, adolescentes y niñas, sin distinción de edad, origen étnico, orientación sexual, condición de discapacidad o situación socioeconómica, ejerzan plenamente el derecho a decidir sobre su cuerpo y su vida, en este horizonte transformador, la libertad a decidir sobre sus cuerpos, es reconocida y garantizada para las mujeres y niñas, como un derecho humano inalienable. Las mujeres podrán decidir de manera autónoma e informada sobre su vida sexual, reproductiva y no reproductiva, libres de coerción, estigmas, violencia o discriminación. Respecto a la autonomía en la toma de decisiones, los logros son el resultado de una profunda transformación con visión humanista, de bienestar y justicia social, ética, institucional y cultural, en la que el Estado, la sociedad y las comunidades se comprometan colectivamente a garantizar la capacidad de las mujeres y niñas a la toma de decisiones como base esencial de la igualdad sustantiva. Por ello, en 2045, la igualdad sustantiva se proyecta como una realidad viva en todos los espacios de autonomía, donde las mujeres decidían libremente sobre su cuerpo, su sexualidad, sus maternidades, sus relaciones afectivas, su trabajo remunerado, su educación, sus sueños y su proyecto de vida sin imposiciones culturales, religiosas o sociales. Afectación sistémica en el ejercicio de derechos de las mujeres La persistencia de las brechas de desigualdad de género son producto de factores que favorecen la discriminación estructural a través de prácticas que contribuyen a generar, reproducir y profundizar la desigualdad socioeconómica y limitan el ejercicio de los derechos humanos. Estas prácticas son un mecanismo de multiplicación y acumulación de desventajas. (26) Si bien el Estado mexicano ha establecido diversas normas encaminadas al disfrute pleno de los derechos sociales, las brechas de desigualdad siguen afectando particularmente a las mujeres y restringiendo el ejercicio de sus derechos. Para atender esta problemática, se estableció el objetivo 3. Fortalecer el acceso a la educación, la salud, la cultura, la vivienda y la sostenibilidad ambiental de las mujeres y niñas para garantizar el ejercicio de sus derechos y su bienestar personal y colectivo. De acuerdo con datos del CONAPO dos de cada 10 mexicanas carecen de servicios de salud, pero entre mujeres rurales la carencia alcanza a cuatro de cada 10. La carencia de acceso a servicios de salud es menor en las mujeres que en los hombres, sobre todo en edades mayores: en el grupo de 60 años y más, 18.2% de ellas carece de acceso a servicios de salud, frente a 21.9 de ellos; (27) sin embargo, el acceso a estos servicios no es de manera directa, pues dependen del empleo de otros familiares para ello. Lo que refleja también las desigualdades en el hogar y el trabajo remunerado, generando una dependencia de las mujeres a un tercero no solo en lo económico. En cuanto al estado de salud de las mujeres, de acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2023 (ENSANUT), en población de 20 años y más, arrojaron que la prevalencia de obesidad fue más alta en mujeres (41.6%) que en hombres (36.1%), al igual que la prevalencia de diabetes por diagnóstico médico en los adultos que fue de 9.8% en hombres y 12.1% en mujeres. Asimismo, del 14.9% de la población adulta que presentó sintomatología depresiva moderada o severa, la prevalencia más elevada fue mujeres que hombres (18.7% vs. 10.8%, respectivamente) y del 92% de personas de ese mismo rango de edad, que reportó haber iniciado vida sexual, el 36% de los hombres y 45.3% mujeres informaron no haber utilizado algún método anticonceptivo en la última relación sexual. (28) En salud materna, se encontró que el 81.1% de las mujeres de 20 a 49 años señalaron haber estado alguna vez embarazadas, y con un porcentaje de cesáreas de 54.1%, siendo que la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que el número de cesáreas sea entre 10% a 15% del total de los partos en cada país. (29) Sobre este último dato, de acuerdo con resultados de la Encuesta Nacional Sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2021 (ENDIREH), (30) de las mujeres de 15 a 49 años que tuvieron el nacimiento de un hijo/a en los últimos 5 años previos a la encuesta, el 8.6% manifestó no haber dado permiso o autorización para que le practicaran una cesárea. (31) Como se observa, la salud y enfermedades impactan de manera diferenciada a hombres y mujeres, considerando que no es solo por una razón biológica sino por el sistema sexo-genérico que se cruza con otros sistemas de diferencias que operan de manera jerárquica, como la clase social, la edad o la proveniencia étnica; por ello, la atención con perspectiva de género es esencial para garantizar la igualdad y calidad en el servicio en el sector salud, por lo tanto, resulta primordial impulsar que la prestación de todos los servicios de salud a las mujeres se realice con un enfoque de género, interseccional y culturalmente pertinente. Otro ámbito que tiene una gran relevancia en la salud y la vida de las mujeres, es la práctica del deporte o alguna actividad física. De acuerdo con el Módulo de Práctica Deportiva y Ejercicio Físico (MOPRADEF) (32) del INEGI, en 2024 una mayor proporción de mujeres que de hombres presenta inactividad física. De la población de mujeres de 18 años o más, sólo 36.8% practica algún deporte o ejercicio físico en su tiempo libre; en el caso de los hombres, 46% lo hace. La razón principal por la cual no realizan actividad física es la falta de tiempo, pues a menudo priorizan las tareas del hogar, los cuidados de las infancias y la presión laboral. Estas exigencias limitan su tiempo y recursos dificultando el acceso a actividades físicas como el ejercicio regular. El acceso al deporte es un derecho establecido en el artículo 4º. constitucional que señala " Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia " , sin embargo, todavía se constituye como un espacio en el cual se refuerzan estereotipos que reproducen desigualdades de género. Son pocas las instituciones que promueven la participación de niñas y mujeres en este ámbito; por lo que cuentan con menos oportunidades, menor inversión, capacitación y seguridad cuando lo practican, y cuando logran llegar a ser atletas profesionales, se encuentran con las barreras de la división sexual del trabajo, la sobrecarga doméstica de cuidados y una brecha sustancial en el salario. (33) Otro derecho que también se ha visto mermado en la vida de las mujeres es la educación, a pesar de que las oportunidades de acceso a la educación han aumentado, no todas las niñas y mujeres han podido ejercer ese derecho debido a las barreras estructurales como la falta de infraestructura, el idioma, la lejanía, la desigualdad de género, y prácticas discriminatorias que persisten en la actualidad. De acuerdo con el Censo 2020, las mujeres de 20 a 24 años tienen un promedio de escolaridad de poco más de 11 años, en contraste con la generación de personas de 85 años y más, cuyo promedio se sitúa en menos de cuatro años; (34) sin embargo, en áreas rurales se observa un rezago frente a las urbanas de casi tres años, ya que las mujeres rurales tienen un promedio de 7.3 años de escolaridad, frente a 10.2 años en zonas urbanas. (35) Asimismo, en promedio, las mujeres indígenas apenas logran superar la primaria e ingresar a la secundaria (6.9 años de escolaridad), mientras que las mujeres no indígenas llegan al primer año de educación media superior (9.9 años de escolaridad). (36) De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO por sus siglas en ingles), (37) en México, hay una mayor representación de mujeres comparada con hombres en el nivel medio superior. Aunque el acceso a la educación superior para las mujeres no está restringido, hay factores socioculturales que la obstaculizan; por ejemplo, las responsabilidades familiares y de cuidados, así como barreras económicas, sociales y culturales. Adicionalmente, las mujeres que han tenido la posibilidad de estudiar hasta un nivel superior siguen teniendo mayor participación en las profesiones que se consideran " blandas " , como la educación (75.4%), ciencias de la salud (69.6%), ciencias sociales y derecho (61.3%), mientras que los hombres tienen mayor participación en carreras como tecnologías de la información (76.2%), agronomía y veterinaria (68.4%) o ingeniería y construcción (54.9%). (38) Por lo que los estereotipos y roles de género siguen acrecentando las desigualdades y limitaciones que enfrentan las mujeres en las áreas de conocimiento y su respectivo campo laboral. Por otra parte, se esperaría que el acceso y la participación en actividades culturales se diera en igualdad de condiciones para las mujeres y los hombres. Sin embargo, las cifras muestran que no es así, debido a que a lo largo de la historia a las mujeres y a las niñas también se les ha restringido y limitado su acceso a la vida cultural, con la consecuente repercusión en su desarrollo social. (39) De acuerdo con los resultados del Módulo sobre Eventos Culturales Seleccionados 2025 (MODECULT), el 61.2% de la población de 18 años y más asistió, al menos una vez al año, a un evento cultural, siendo una participación de 60.4% de las mujeres y 62.1% de los hombres. (40) En cuanto a la participación y tiempo dedicado al arte y a la cultura, las juventudes realizan más actividades de este tipo que la población mayor. Las mujeres y las personas adultas mayores son quienes menos participan. Otro de los grandes temas es el derecho a la vivienda. Hablar del derecho a una vivienda digna para las mujeres en México implica superar desafíos arraigados, pues históricamente el acceso a la vivienda en nuestro país ha estado condicionado por roles de género que han relegado a las mujeres a una posición de desventaja, como la brecha salarial de género o la violencia económica que limita a las mujeres la capacidad para administrar recursos propios y perpetua el control sobre su desarrollo patrimonial. (41) Como puede reflejarse en los resultados de la Encuesta Nacional de Vivienda 2020 (ENVI), solo 72.9% de la población encuestada habitaba una casa propia, siendo 41.5% de propietarias mujeres y 56.9% hombres. (42) Lo mismo sucede con la seguridad de la tenencia de la tierra de las mujeres, pues es desproporcionadamente inferior a la de los hombres. De acuerdo con el Registro Agrario Nacional (RAN), al cierre de 2024 solo el 27% de las personas con calidad de ejidatarias que contaban, por lo menos, con algún certificado parcelario fueron mujeres. (43) Las mujeres desempeñan un papel fundamental en el trabajo del campo, sin embargo, como puede observarse con los datos anteriores, quienes son propietarias son otras personas, en su mayoría hombres y el trabajo que realizan las mujeres, donde asumen una participación creciente y predominante en las actividades agrícolas, muchas veces se invisibiliza al no contar con la tenencia de la tierra y se considerado parte de su rol en el seno familiar, creando una feminización de la agricultura imperante en las comunidades rurales. Por otra parte, desde la perspectiva de género y trabajo, un poco más de un millón de mujeres mayores de 12 años se emplean en el sector primario. De ellas, 84.6% trabaja en agricultura, 12.5% en ganadería, 1.7% en pesca y el 1.2% en actividades secundarias como la caza, captura y servicios forestales. (44) Estas actividades económicas son una fuente importante de empleo remunerado para las mujeres rurales, por lo que se destaca su vulnerabilidad frente a los cambios ambientales debido a su dependencia de dichos recursos. Por ende, también las mujeres son quienes ocupan un rol importante en la defensa del medio ambiente. En particular las mujeres rurales e indígenas son las más afectadas ante los efectos del cambio climático, la contaminación de los mares y ríos, la extracción minera que muchas veces trae consigo una mayor escasez o acceso limitado a los recursos naturales necesarios para el día a día, como son, entre otros, el agua, las fuentes de energía y la alimentación, entre otros. Ante este contexto, para el PNPEISMH 2026-2030 es de suma importancia considerar acciones que coadyuven a mitigar los efectos adversos que trae consigo el cambio climático en la vida de las mujeres y sus familias, además de seguir promoviendo que las mujeres tengan el uso productivo de la tierra e impulsar su reconocimiento como titulares de derechos agrarios. Para 2030 se busca que los sistemas educativos sean incluyentes, con contenidos libres de estereotipos de género, con enfoque intercultural e interseccional. La salud sea integral, con especial atención a las necesidades de mujeres y niñas en la salud sexual, reproductiva y no reproductiva; a la salud mental y el autocuidado, atendiendo a las necesidades específicas de mujeres y niñas en toda su diversidad. La cultura cada vez más se vivirá como un derecho y no un privilegio; será un medio para el reconocimiento y la valorización de sus identidades, lenguas, saberes y expresiones creativas y artísticas. Se seguirá fortaleciendo un Estado de bienestar que garantice que todas las mujeres y niñas, sin distinción de edad, origen étnico, condición social o lugar de residencia, tengan acceso pleno, igualitario y libre de discriminación a servicios públicos de calidad, educación, salud, cultura, vivienda digna y un entorno ambiental sano, como pilares del ejercicio efectivo de sus derechos sociales. En 2045, el Estado impulsará políticas públicas integrales que articulen salud con educación, justicia, cuidados, vivienda y trabajo y que respondan a las condiciones estructurales que afectan desproporcionadamente la salud de las mujeres, como la pobreza, la discriminación, la carga de cuidados y la violencia de género. La participación social de las mujeres en la definición de estas políticas deberá ser una prioridad para su pertinencia territorial, cultural y comunitaria. Respecto a la vivienda, todas las mujeres tendrán más posibilidades de acceder al derecho a una vivienda digna, segura, accesible, adecuada, como condición para una vida libre, con bienestar y justicia social. En este sentido, las mujeres, en toda su diversidad, tendrán que ejercer su derecho a la propiedad, uso, disfrute y control de la tierra y derechos agrarios, como base fundamental para su justicia económica, el sostenimiento de la vida, la soberanía alimentaria y la justicia territorial. Se estima que las mujeres rurales, campesinas, indígenas, afrodescendientes y ejidatarias participen activamente en la toma de decisiones sobre los bienes comunes, los territorios que habitan y los procesos productivos, culturales y ambientales que sostienen. Todo este avance necesita seguir siendo acompañado de políticas integrales que aseguren el acceso al crédito, la asistencia técnica, la justicia agraria, la protección frente a despojos y la garantía de una vida libre de violencias. La tierra no es solo un recurso económico, sino el espacio vital e histórico, ancestral y espiritual vinculado al entorno físico y al comunitario, de esta generación y de las que vendrán. La violencia contra mujeres y niñas como expresión extrema de la discriminación La discriminación contra las mujeres y las niñas, así como la desigualdad de género, tienen su expresión extrema en los actos cotidianos y sistemáticos de violencia que se cometen contra ellas. Esta violencia se ejerce todos los días y en todos los ámbitos, y constituye una de las violaciones a los derechos humanos de las mujeres más reiterada, extendida y arraigada en el mundo. Impacta en la salud, la libertad, la seguridad y la vida de las mujeres y las niñas, socava el desarrollo de los países y daña a la sociedad en su conjunto. (45) De acuerdo con el Comité de la CEDAW la violencia de género es una forma de discriminación que impide gravemente que las mujeres ejerzan plenamente sus derechos y libertades, en condiciones de igualdad con el hombre, constituyendo un obstáculo para el logro de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. Sin duda se trata de un problema social complejo, multicausal y multifactorial en el que convergen aspectos sociales de dimensiones estructurales, institucionales, comunitarias, familiares e individuales. (46) Asimismo, los mandatos culturales de género, revestidos de estereotipos y roles, juegan un papel importante en esta problemática, pues sostienen el orden desigual e injusto, a través de la fuerza neutralizadora de la cultura. Al mismo tiempo, estas diferencias de valor que se atribuyen a lo considerado propio de los hombres y propio de las mujeres se reflejan en las creencias populares sobre las características, actividades o atributos que describen y distinguen a los hombres de las mujeres, atribuyéndoles sentido y significado a las acciones que desempeñan, o se espera que desempeñen, según lo socialmente aprendido. Tenemos el firme compromiso de combatir estas problemáticas. Erradicar los roles y estereotipos de género resulta esencial para eliminar todas las formas de discriminación y violencia contra las mujeres, por lo que apostamos a las acciones que permiten generar un cambio cultural que contribuya a lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. Para ello se estableció el objetivo 4. Eliminar todas las formas de violencias contra mujeres y niñas mediante un marco integral de prevención, atención a las causas y transformación cultural . Con el propósito de contar con elementos para dimensionar la violencia contra las mujeres en México, la ENDIREH 2021 proporciona algunos de los datos relevantes, como lo es que el 70.1% las mujeres mexicanas de 15 años y más han sido víctimas de violencia o han padecido, al menos, un incidente de violencia en cualquier ámbito y momento de su vida. El 51.6% ha sufrido violencia psicológica; 27.4% ha padecido violencia económica, y/o patrimonial y/o discriminación en el trabajo; 34.7% ha sido víctima de violencia física y 49.7% de violencia sexual. (47) Como se ha señalado, la violencia que se ejerce sobre las mujeres puede presentarse en cualquier etapa y ámbito de su vida; sin embargo, esta se manifiesta con mayor probabilidad cuando las mujeres se encuentran en situaciones de mayor desigualdad. Según datos de la ENDIREH 2021, la prevalencia de violencia es mayor entre las mujeres jóvenes, especialmente en el grupo de 15 a 24 años (58.3%). El 41.8% de las mujeres de 15 años y más manifestó haber vivido alguna situación de violencia en su infancia. De ellas, 12.6% experimentó abuso sexual en la niñez. (48) A su vez, el 60.5% de las mujeres que hablan una lengua indígena ha sufrido violencia a lo largo de su vida, mientras que el 67.6% de las mujeres que se identifica como indígenas ha experimentado violencia en el mismo periodo. (49) Este porcentaje es menor al dato nacional, lo cual podría deberse a factores como la menor visibilidad y denuncia de la violencia en comunidades indígenas. (50) En el caso de las mujeres de 15 años y más con discapacidad, 72.6% experimentó al menos un incidente de violencia a lo largo de la vida. Una proporción ligeramente mayor al dato nacional de 70.1%. (51) Con respecto a los ámbitos en donde se presenta la violencia, la ENDIREH 2021 señala que la prevalencia más alta se desarrolla en el ámbito comunitario (45.6%), en el cual, el 42.2% de las mujeres manifestó haber sufrido violencia sexual a lo largo de la vida. (52) Le sigue el ámbito de pareja, en el que la violencia psicológica es el tipo de violencia que más se presenta (35.4%). En cuanto al ámbito familiar, (53) se tiene registro de que el tipo de violencia más ejercida en es la psicológica (9.2%), siendo el hermano/a (23.2%) con mayor porcentaje de personas agresoras mencionadas. Para el caso del ámbito laboral, la ENDIREH 2021 señala que, el 27.9% de las mujeres manifestaron haber sufrido algún tipo de violencia a lo largo de su vida laboral, siendo la discriminación la de mayor prevalencia (18.1%); sin embargo, en las instalaciones de trabajo, la violencia sexual es la de mayor ocurrencia (53%). (54) De acuerdo con el informe anual sobre denuncias de hostigamiento sexual y acoso sexual en la APF, (55) en 2023, 104 Comités de Ética recibieron 591 denuncias de hostigamiento sexual o acoso sexual, de ellas solo 290 (49%) fueron concluidas. En 166 casos las personas denunciantes (80.7% fueron mujeres), sufrieron contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual; el 82% de los casos las personas denunciadas fueron hombres. En ese mismo año, los Órganos Internos de Control (OIC) recibieron 789 denuncias en esa materia, en 99 instancias de la APF, en 10 de estas se concentraron 563 casos representando el 71% del total de denuncias. Del total de denuncias se encontró que hay un mayor índice por parte de las mujeres con 631 registros, y que, de las personas denunciadas, 727 fueron hombres. (56) El acoso sexual y el hostigamiento sexual son tipos de violencia laboral sobre los que se ha hecho mayor énfasis en su atención, tanto por su frecuencia como por sus efectos en los distintos ámbitos de vida. Actualmente la APF cuenta con el Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual, (57) sin embargo, las cifras reflejan que aún existe una brecha grande por cubrir, por lo que se considera importante fortalecer o en su caso, replantear los mecanismos de atención y sanción, poniendo en el centro a la víctima en todo momento y su entorno, (58) así como promover estrategias que generen cambios culturales en las personas que reproducen la violencia. Respecto a la situación de violencias que viven las mujeres en otros ámbitos, no se debe perder de vista es la escasa o nula denuncia que existe. De acuerdo con la ENDIREH 2021, de las mujeres que sufrieron violencia física y/o sexual a lo largo de su vida, en el ámbito comunitario únicamente el 1% solicitó apoyo a alguna institución o presentó queja o denuncia ante alguna autoridad; en el ámbito laboral solo el 1.4% presentó queja o denuncia, mientras que en el ámbito de pareja solo el 7.4%. (59) De acuerdo con la ENVIPE 2025, entre las razones de las mujeres para no denunciar delitos ante las autoridades destacan la pérdida de tiempo con 32.4% y desconfianza en la autoridad con 13.3%. (60) Si bien a nivel nacional se han implementado programas o acciones dirigidas a fomentar la denuncia de los casos de violencia, normalmente la falta de denuncia es por causas atribuibles a la autoridad, por lo que es importante que las personas servidoras públicas den crédito a las denuncias adecuadamente para que las víctimas no enfrenten la revictimización. Por lo que resulta necesario seguir reforzando los programas de sensibilización o capacitación a personas servidoras públicas, con énfasis al personal de Fiscalías y Unidades especializadas para que identifiquen y atiendan de manera adecuada y eficiente las distintas manifestaciones de violencia. Asimismo, es necesario fortalecer los mecanismos de denuncia, el acompañamiento y apoyo a las víctimas de una manera integral, con enfoque de género, interseccional y culturalmente pertinente. Visibilizar las cifras aquí vertidas, resultado de las encuestas nacionales sobre la situación de las mujeres en México, permite implementar políticas públicas encaminadas a mejorar la condición de vida de las mujeres. A efecto de que la toma de decisiones, el monitoreo y la evaluación de los resultados sean eficientes y eficaces, es necesario seguir generando información estadística confiable con perspectiva de género, interseccional y con pertinencia cultural, y seguir fomentando la construcción de sistemas de datos que combinen información geográfica, política, económica, los tipos de violencia, y los diversos fenómenos que puedan influir para acentuar o aminorar la problemática. A pesar de lo avanzado, aún queda por hacer en lo que respecta al fortalecimiento institucional para la prevención, atención y sanción de las violencias. Si bien se cuenta con mecanismos de coordinación interinstitucional como el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación las Violencias contra las Mujeres (SNPASEVM), es necesario realizar acciones de fortalecimiento con los Sistemas Estatales, que garanticen en territorio la implementación de los acuerdos del SNPASEVM y con ello lograr la transversalización de Políticas que promuevan una vida libre de violencia para las mujeres. También se requiere construir mecanismos sólidos y coherentes que garanticen el trabajo interinstitucional para la articulación de la red eficaz y eficiente de servicios, referencias y contrarreferencias para mujeres víctimas de violencia. (61) La conjunción de esfuerzos de toda la APF y los demás sectores involucrados para la implementación de este Programa, permitirá que las condiciones para las mujeres mejoren considerablemente. Los programas y acciones que de a
El Programa Nacional de Proyectos Estratégicos para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres 2026-2030 tiene como objetivo promover la igualdad sustantiva y garantizar que todas las mujeres, adolescentes y niñas ejerzan plenamente sus derechos. Incluye acciones específicas en educación, salud, cultura y la eliminación de la violencia de género. La implementación de este programa se financiará con los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.
Este programa afecta a diversas entidades del sector público y a organizaciones de la sociedad civil que trabajen en temas de igualdad de género. Las empresas también pueden verse impactadas, especialmente aquellas que implementan políticas de igualdad y diversidad en el lugar de trabajo. Es recomendable que estas organizaciones revisen sus políticas y programas internos para alinearse con los objetivos del programa y evitar posibles sanciones o multas por incumplimiento.
Además, deben estar al tanto de las convocatorias y oportunidades de financiamiento que puedan surgir a partir de este programa, ya que podría haber recursos disponibles para proyectos que promuevan la igualdad de género en sus operaciones.