Acuerdo Administrativa

Acuerdo por el que se suspenden los plazos en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, por causa de fuerza mayor.

26 de mayo de 2026
INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Sección ORGANISMOS DESCONCENTRADOS O DESCENTRALIZADOS
Código DOF: 5788527
Materia
Administrativa
Sección DOF
ORGANISMOS DESCONCENTRADOS O DESCENTRALIZADOS
Importancia
Media
Fecha
2026-05-26
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Análisis SDV Asesores

El Acuerdo establece la suspensión de plazos en los trámites y procedimientos administrativos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) debido a un corte en la red de fibra óptica que afectó el acceso a sus servicios digitales el 18 de mayo de 2026. Esto incluye la presentación de solicitudes y el pago de tarifas, lo que garantiza la seguridad jurídica de los usuarios durante este periodo de interrupción. La suspensión se fundamenta en artículos de diversas leyes y reglamentos que regulan la operación del IMPI, asegurando que no se vean perjudicados los derechos de los solicitantes o usuarios de sus servicios durante este incidente de fuerza mayor.

Resumen

Se suspenden los plazos en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial por un corte en la red de fibra óptica el 18 de mayo de 2026.

Texto completo

ACUERDO por el que se suspenden los plazos en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, por causa de fuerza mayor. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. SANTIAGO NIETO CASTILLO, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 17, 22 fracción I y 59 fracciones I, V, VI y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales ; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ; 1, 5, 6, 8, 10 y 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial ; 5 y 7 del Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 1o., 3o. fracción II, 4o. párrafo primero, y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II y 10 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial , y CONSIDERANDO Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, ofrece servicios al público en general sujetos a diversos plazos; Que la generación de líneas de captura, los pagos de las tarifas por los servicios que presta, así como la presentación y trámite de las solicitudes o promociones ingresadas por los usuarios, dependen del adecuado funcionamiento de los servicios electrónicos del Instituto; Que, derivado de un corte en la red de fibra óptica que provee comunicación a esta entidad, incidente externo presentado por el proveedor del servicio de conectividad a Internet, se originaron intermitencias en el acceso a los servicios digitales y plataformas institucionales el día 18 de mayo de 2026, y Que resulta necesario suspender por causa de fuerza mayor, los plazos establecidos en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial , a fin de garantizar la seguridad jurídica de los usuarios de este Instituto, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS EN EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, POR CAUSA DE FUERZA MAYOR Artículo 1o.- El presente Acuerdo tiene por objeto suspender, por causa de fuerza mayor, los plazos en los trámites, servicios y procedimientos administrativos que, en el ejercicio de sus atribuciones, se realizan en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, el día 18 de mayo de 2026. Artículo 2o.- Publíquese el presente Acuerdo en la página web de este organismo: www.gob.mx/impi, en la Gaceta de la Propiedad Industrial, así como en el Diario Oficial de la Federación. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, a 18 de mayo de 2026. - El Director General , Doctor Santiago Nieto Castillo .- Rúbrica.

Leyes afectadas

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