Aviso Propiedad_intelectual

Publicación de datos relacionados con la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica "Cerámica de Mata Ortiz".

05 de junio de 2026
INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Sección ORGANISMOS DESCONCENTRADOS O DESCENTRALIZADOS
Código DOF: 5789661
Materia
Propiedad_intelectual
Sección DOF
ORGANISMOS DESCONCENTRADOS O DESCENTRALIZADOS
Importancia
Media
Fecha
2026-06-05
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Análisis SDV Asesores

La publicación informa sobre la solicitud de protección de la Indicación Geográfica 'Cerámica de Mata Ortiz', presentada por la Gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván. Esta solicitud se basa en los artículos 275 y 281 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y permite que cualquier interesado presente oposiciones en un plazo de un mes, contados a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación. Específicamente, el plazo para presentar oposiciones finalizará el 28 de junio de 2026, conforme al artículo 282 de la misma ley.

Resumen

Se publicó la solicitud de declaración de protección a la Indicación Geográfica 'Cerámica de Mata Ortiz', permitiendo a terceros presentar oposiciones en un plazo de un mes.

Texto completo

PUBLICACIÓN de datos relacionados con la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica " Cerámica de Mata Ortiz " . Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. PUBLICACIÓN DE DATOS RELACIONADOS CON LA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE PROTECCIÓN A LA INDICACIÓN GEOGRÁFICA " CERÁMICA DE MATA ORTIZ " I. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 275 y 281 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, se efectúa la publicación de los datos a que se refiere el artículo 281, respecto de la Solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica " Cerámica de Mata Ortiz " , presentada por la Mtra. María Eugenia Campos Galván, en su carácter de Gobernadora del Estado de Chihuahua, mediante escrito recibido en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial el 25 de mayo de 2026, en los siguientes términos: 1. Nombre de la persona solicitante. Mtra. María Eugenia Campos Galván, en su carácter de Gobernadora del Estado de Chihuahua. 2. Nombre de la Indicación Geográfica. Cerámica de Mata Ortiz. 3. Descripción del producto que abarca la Indicación Geográfica. Es un producto artesanal elaborado completamente a mano. Se distingue por la precisión y delicadeza de sus formas, la calidad de su acabado pulido y la riqueza de sus decoraciones inspiradas en la tradición Cerámica de Paquimé. Cada pieza es única y refleja el dominio técnico y artístico de sus creadores, quienes trabajan sin torno ni moldes industriales, utilizando barros regionales y pigmentos minerales naturales. Destaca especialmente la finura de los trazos pintados, los cuales realizan con pinceles de cabello humano, permitiéndoles delinear diseños geométricos o figurativos de gran detalle y armonía visual. Su producción combina conocimiento empírico, creatividad y continuidad cultural. 4. El lugar de extracción, producción o elaboración del producto a proteger y la delimitación de la zona geográfica. La zona geográfica de producción de la Cerámica de Mata Ortiz es la localidad de Juan Mata Ortiz, en el municipio de Casas Grandes, en el estado de Chihuahua; colinda al norte y noreste con la cabecera municipal de Casas Grandes/Paquimé, al oeste y suroeste con las pendientes hacia la Sierra Madre Occidental. Se localiza al pie de la montaña conocida como El Indio, en el paralelo 30°10 ' de latitud norte y el meridiano 108°01 ' de longitud oeste, con una altitud de 1,445 metros sobre el nivel del mar. 5. El domicilio en el que se encontrará abierto para consulta pública el expediente de la solicitud de declaración y en el que se recibirán los documentos relacionados con la misma. El expediente se encuentra disponible para su consulta en el archivo de la Dirección Divisional de Marcas del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, ubicado en Arenal No. 550, Pueblo Santa María Tepepan, Alcaldía de Xochimilco, Ciudad de México, C.P. 16020, con un horario de atención al público de 9:00 a 16:00 horas, de lunes a viernes, y en el mismo domicilio e idéntico horario, se recibirán los documentos relacionados con la solicitud a que se refiere la presente. II . La presente publicación no prejuzga ni constituye un pronunciamiento del Instituto sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud presentada y se efectúa para que cualquier tercera persona que justifique su interés, presente su oposición por escrito a esta y formule observaciones u objeciones respecto al cumplimiento de lo establecido en los artículos 271 y 275 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, acompañando las pruebas respectivas, así como del comprobante de pago de la tarifa correspondiente, dentro de un plazo improrrogable de un mes, contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en los términos del artículo 282 de la Ley en cita. Esta publicación se signa con fundamento en los artículos 1, 2, fracción I; 4; 5, fracción I; 6; 8; 275 y 281 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 1o., 2o., 3o., fracción II; 4o.; 5o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, así como 1o., 2o., 3o., 4o., 5o., fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico. Ciudad de México, a 28 de mayo de 2026. - El Director General , Santiago Nieto Castillo .- Rúbrica. (R.- 576822 )

Leyes afectadas

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