Si la parte absolvente se niega a contestar, responde evasivamente, o declara ignorancia sobre hechos propios, sera apercibida de confesion si insiste en su actitud.
Si la parte absolvente se niega a contestar, o contestare con evasivas, o dijere ignorar los hechos propios, el tribunal la apercibirá de tenerla por confesa, si insiste en su actitud. Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este es un mecanismo crucial de presion procesal que incentiva respuestas honestas y directas. El apercibimiento debe ser expreso y formal para que tenga efecto legal en la declaracion de confesion.
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