CFPC

Artículo 135. Compulsa documentos ubicacion distinta

Los documentos ubicados en lugar distinto del tribunal requieren compulsa mediante despacho o exhorto dirigido al juez de distrito respectivo o del lugar donde se encuentren los documentos.

compulsadocumentosexhortoprocedimiento probatorio

Texto Legal

Los documentos existentes en un lugar distinto de aquél en que se sigue el negocio, se compulsarán a virtud de despacho o exhorto que dirija el tribunal de los autos al Juez de Distrito respectivo, o, en su defecto, al del lugar en que aquéllos se hallen. Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Procedimiento administrativo para obtener copia certificada de documentos ubicados en otra jurisdiccion. Importante en litigios multilocales o cuando se requieren comprobantes de terceros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 135 del CFPC?

Los documentos ubicados en lugar distinto del tribunal requieren compulsa mediante despacho o exhorto dirigido al juez de distrito respectivo o del lugar donde se encuentren los documentos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 135 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Procedimiento administrativo para obtener copia certificada de documentos ubicados en otra jurisdiccion. Importante en litigios multilocales o cuando se requieren comprobantes de terceros.

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