CFPC

Artículo 239. Apelacion en ambos efectos por defecto

Establece que sentencias apelables conforme al articulo anterior lo son en ambos efectos, salvo cuando la ley expresamente limite a solo efecto devolutivo. Regla general que beneficia al apelante con suspension automatica.

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Texto Legal

Las sentencias que fueren apelables conforme al artículo anterior, lo serán en ambos efectos, salvo cuando la ley expresamente determine que lo sean sólo en el devolutivo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Presuncion favorable: a menos que ley especifica diga lo contrario, apelacion suspende ejecucion. Identifica si existen leyes especiales que limiten el efecto para ese tipo de sentencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 239 del CFPC?

Establece que sentencias apelables conforme al articulo anterior lo son en ambos efectos, salvo cuando la ley expresamente limite a solo efecto devolutivo. Regla general que beneficia al apelante con suspension automatica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 239 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Presuncion favorable: a menos que ley especifica diga lo contrario, apelacion suspende ejecucion. Identifica si existen leyes especiales que limiten el efecto para ese tipo de sentencia.

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