Establece que sentencias apelables conforme al articulo anterior lo son en ambos efectos, salvo cuando la ley expresamente limite a solo efecto devolutivo. Regla general que beneficia al apelante con suspension automatica.
Las sentencias que fueren apelables conforme al artículo anterior, lo serán en ambos efectos, salvo cuando la ley expresamente determine que lo sean sólo en el devolutivo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Presuncion favorable: a menos que ley especifica diga lo contrario, apelacion suspende ejecucion. Identifica si existen leyes especiales que limiten el efecto para ese tipo de sentencia.
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Art. 238. Requisito de cuantia para apelar sentencias
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