Senala que para suplir el consentimiento de quien ejerce la patria potestad y para conocer impedimentos matrimoniales, es juez competente el del lugar donde presentaron solicitud los pretendientes.
Para suplir el consentimiento del que ejerza la patria potestad, y para conocer de los impedimentos para contraer matrimonio, es juez competente el del lugar en que hayan presentado su solicitud los pretendientes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Norma de familia que concentra trámites matrimoniales en el lugar donde los novios presentan solicitud. Simplifica procedimientos de validacion de matrimonios y licencias paternas.
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