Regula notificacion por edictos cuando la persona desaparecio, no tiene domicilio fijo o se ignora su localizacion. Los edictos se publican tres veces en Diario Oficial y periodico de circulacion nacional, otorgando treinta dias para comparecer.
Cuando hubiere que citar a juicio a alguna persona que haya desaparecido, no tenga domicilio fijo o se ignore donde se encuentra, la notificación se hará por edictos, que contendrán una relación sucinta de la demanda, y se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el "Diario Oficial" y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, haciéndosele saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación. Se CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Código Abrogado DOF 07-06-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
fijará, además, en la puerta del tribunal, una copia integra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento. Si, pasado este término, no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por rotulón, que se fijará en la puerta del juzgado, y deberá contener, en síntesis, la determinación judicial que ha de notificarse.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este es un mecanismo critico para garantizar debido proceso cuando el demandado no puede ser localizado. La publicacion triple y fijacion en la puerta del tribunal son requisitos formales esenciales; el incumplimiento puede viciar todo el procedimiento posterior.
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