Cuando el remate de bienes garantia no cubre la reclamacion, el acreedor puede pedir embargo de otros bienes adicionales.
Cuando, practicado el remate de los bienes consignados como garantía, no alcanzare su producto, para cubrir la reclamación, el acreedor podrá pedir el embargo de otros bienes. Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Previene que garantias iniciales inadecuadas dejen el credito incobrado. Requiere demostracion de insuficiencia de producto del remate. Abre la puerta a embargo progresivo de sucesivos patrimonios.
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Art. 440. Alcance y limite del embargo decretado
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Art. 442. Supuestos para ampliacion de embargo
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