Se sanciona el cercenamiento de moneda de oro o plata, con penas de presidio. Esto protege la integridad de la moneda en circulación.
ART. 164. El que cercenare moneda de oro o plata de curso legal, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El cercenamiento de moneda puede resultar en sanciones penales. Las empresas deben asegurarse de manejar adecuadamente la moneda en sus operaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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