Este articulo castiga el perjurio y el falso testimonio ante la autoridad, con penas de prisión y multas. La integridad de las declaraciones es fundamental en el ámbito legal.
ART. 210. El que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales. Inciso Eliminado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las declaraciones falsas pueden tener consecuencias legales graves. Asegúrese de ser honesto en todas las interacciones con la autoridad.
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