El articulo 390 establece penas severas para quienes asesinen a un familiar directo, clasificando el delito como parricidio. Las penas pueden llegar a presidio perpetuo calificado.
ART. 390. El que, conociendo las relaciones que los ligan, mate a su padre, madre o hijo, a cualquier otro de sus ascendientes o descendientes o a quien es o ha sido su cónyuge o su conviviente, será castigado, como parricida, con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las consecuencias legales por parricidio son extremadamente graves, lo que implica que cualquier conflicto familiar que escale a la violencia puede tener repercusiones fatales y legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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