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Artículo 1011. Cuando la sentencia condene a rendir cuentas, la autoridad...

Cuando la sentencia condene a rendir cuentas, la autoridad jurisdiccional señalará un término de cinco días a la persona obligada, para que se rindan, e indicará también a quién se deban de rendir.

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Texto Legal

Cuando la sentencia condene a rendir cuentas, la autoridad jurisdiccional señalará un
término de cinco días a la persona obligada, para que se rindan, e indicará también a quién se deban de
rendir.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1011 del CNPCF?

Cuando la sentencia condene a rendir cuentas, la autoridad jurisdiccional señalará un término de cinco días a la persona obligada, para que se rindan, e indicará también a quién se deban de rendir.

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