En ningún término se contarán los días en que no puedan tener lugar actuaciones judiciales.
En ningún término se contarán los días en que no puedan tener lugar actuaciones
judiciales.
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Art. 228. La Ley sólo reconoce como términos comunes en los juicios, los siguientes:
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Art. 230. En los autos se hará constar el día en que comiencen a...
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