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Artículo 310. Los documentos que ya se exhibieron antes del período...

Los documentos que ya se exhibieron antes del período probatorio y las constancias de autos se tomarán como prueba, aunque no se ofrezcan.

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Texto Legal

Los documentos que ya se exhibieron antes del período probatorio y las constancias de
autos se tomarán como prueba, aunque no se ofrezcan.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 310 del CNPCF?

Los documentos que ya se exhibieron antes del período probatorio y las constancias de autos se tomarán como prueba, aunque no se ofrezcan.

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