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Artículo 313. Los documentos públicos expedidos por Autoridades...

Los documentos públicos expedidos por Autoridades Federales, Locales, Municipales, Alcaldías o cualquier semejante, firmados en forma autógrafa o con la firma electrónica avanzada harán fe en las autoridades jurisdiccionales ante las que se presenten, sin necesidad de legalización.

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Texto Legal

Los documentos públicos expedidos por Autoridades Federales, Locales, Municipales,
Alcaldías o cualquier semejante, firmados en forma autógrafa o con la firma electrónica avanzada harán
fe en las autoridades jurisdiccionales ante las que se presenten, sin necesidad de legalización.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 313 del CNPCF?

Los documentos públicos expedidos por Autoridades Federales, Locales, Municipales, Alcaldías o cualquier semejante, firmados en forma autógrafa o con la firma electrónica avanzada harán fe en las autoridades jurisdiccionales ante las que se presenten, sin necesidad de legalización.

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