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Artículo 555. La autoridad jurisdiccional determinará siempre el...

La autoridad jurisdiccional determinará siempre el aseguramiento de los alimentos de quien tenga derecho a recibirlos aun cuando el procedimiento no tenga por objeto principal dicho aseguramiento. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES

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Texto Legal

La autoridad jurisdiccional determinará siempre el aseguramiento de los alimentos de
quien tenga derecho a recibirlos aun cuando el procedimiento no tenga por objeto principal dicho
aseguramiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 555 del CNPCF?

La autoridad jurisdiccional determinará siempre el aseguramiento de los alimentos de quien tenga derecho a recibirlos aun cuando el procedimiento no tenga por objeto principal dicho aseguramiento. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES

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