CNPCF

Artículo 697. Serán remitidos a los juicios testamentarios y a los...

Serán remitidos a los juicios testamentarios y a los intestamentarios, siempre que no se haya dictado sentencia de adjudicación: I. Todos los juicios ordinarios y especiales, ya sean por acciones reales, personales o las ejecutivas, siempre que las demandas sean incoadas en contra de la...

libro-quintodemandasentenciasucesiones

Texto Legal

Serán remitidos a los juicios testamentarios y a los intestamentarios, siempre que no se
haya dictado sentencia de adjudicación:

I.Todos los juicios ordinarios y especiales, ya sean por acciones reales, personales o las

ejecutivas, siempre que las demandas sean incoadas en contra de la persona de cuya
sucesión se trate, por lo que se suspenderán hasta la designación de albacea, debiendo
informar la autoridad jurisdiccional que conozca de la sucesión, sin que por ello se suspenda
otra cosa que la adjudicación de los bienes en la partición, hasta en tanto se concluyen los
juicios, con sentencia ejecutoriada, para ser remitida al juicio sucesorio y sea considerada en
el haber hereditario, y

II.Todas las sentencias ejecutoriadas de las demandas ordinarias y ejecutivas que se

dedujeron contra los herederos de la persona cuya sucesión se trate, cuando afecte a otros
acreedores de la sucesión en su calidad de tales, después de denunciado el intestado.

De manera excepcional, en el juicio sucesorio, cuando quede de manifiesto que dolosamente repudió
una persona heredera, con la intención de evadir el cumplimiento de una obligación en perjuicio de
acreedores, sin que ello sea considerado vulnerar la voluntad de la persona de cuya sucesión se trate;
quien solicitará la remisión de la sentencia ejecutoriada será la autoridad jurisdiccional en cuyo tribunal se
encuentre radicada la sucesión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 697 del CNPCF?

Serán remitidos a los juicios testamentarios y a los intestamentarios, siempre que no se haya dictado sentencia de adjudicación: I. Todos los juicios ordinarios y especiales, ya sean por acciones reales, personales o las ejecutivas, siempre que las demandas sean incoadas en contra de la...

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 697 del CNPCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 697 CNPCF desde tu celular