CNPCF

Artículo 707. La tercera sección se llamará de administración y contendrá:

La tercera sección se llamará de administración y contendrá: I. Todo lo relativo a la administración y rendición de cuentas; II.

libro-quintosucesionesmedios-electrónicosincidentes

Texto Legal

La tercera sección se llamará de administración y contendrá:

I.Todo lo relativo a la administración y rendición de cuentas;

II.La cuenta general, su glosa y calificación;

III.La comprobación de haberse cubierto el impuesto fiscal relativo al pago predial, consumo de

agua y electricidad de los inmuebles inventariados; y los comprobantes de pago de deudas a
cargo de la persona de cuya sucesión se trate;

IV.Los incidentes que se promuevan;

V.Todos los cuadernillos, archivos electrónicos y libros que contengan las cuentas anuales que

se rindan hasta la conclusión del juicio sucesorio;

VI.En cuerda por separado el proyecto de distribución provisional de frutos si los hubiere, y

VII.Las cuentas que rinda el albacea removido.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 707 del CNPCF?

La tercera sección se llamará de administración y contendrá: I. Todo lo relativo a la administración y rendición de cuentas; II.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 707 del CNPCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 707 CNPCF desde tu celular