CNPCF

Artículo 751. Corresponde la posesión y administración de la masa...

Corresponde la posesión y administración de la masa hereditaria a quien sobreviva, de conformidad con lo siguiente: I. El o la cónyuge supérstite tanto en el régimen de la sociedad conyugal como en el de separación de bienes; II.

libro-quintosucesiones

Texto Legal

Corresponde la posesión y administración de la masa hereditaria a quien sobreviva, de
conformidad con lo siguiente:

I.El o la cónyuge supérstite tanto en el régimen de la sociedad conyugal como en el de

separación de bienes;

II.El o la conviviente que haya elegido que su patrimonio presente y futuro forme parte del

patrimonio de la sociedad en convivencia, y

III.El o la concubina que hayan adquirido bienes en copropiedad o que haya procreado hijos en

común con la persona de cuya sucesión se trata.

La posesión y administración de la masa hereditaria, por cualquiera de las personas anteriormente
mencionadas se hará con intervención del albacea quien pondrá a su disposición los bienes que
conforman la masa hereditaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 751 del CNPCF?

Corresponde la posesión y administración de la masa hereditaria a quien sobreviva, de conformidad con lo siguiente: I. El o la cónyuge supérstite tanto en el régimen de la sociedad conyugal como en el de separación de bienes; II.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 751 del CNPCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 751 CNPCF desde tu celular