Para el caso de que entre las personas interesadas existan niñas, niños o adolescentes, conjuntamente a su comparecencia mediante sus legítimos representantes, deberá verificarse por la autoridad jurisdiccional que se cuente con una defensa técnica y especializada durante el trámite del...
Para el caso de que entre las personas interesadas existan niñas, niños o adolescentes,
conjuntamente a su comparecencia mediante sus legítimos representantes, deberá verificarse por la
autoridad jurisdiccional que se cuente con una defensa técnica y especializada durante el trámite del
procedimiento.
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Art. 799. En el caso que no exista controversia alguna entre...
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Art. 801. En la admisión del trámite la autoridad jurisdiccional...
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