El SAT precisa los requisitos y obligaciones del Regimen Simplificado de Confianza para personas morales cuyos ingresos no excedan de 35 millones de pesos anuales, incluyendo la base de tributacion sobre flujo de efectivo.
Los articulos 206 al 215 de la Ley del ISR regulan el Regimen Simplificado de Confianza para personas morales. El SAT interpreta que este regimen aplica a las personas morales residentes en Mexico cuyos ingresos totales del ejercicio inmediato anterior no excedan de 35 millones de pesos, y cuyo principal beneficio es la acumulacion de ingresos y deduccion de gastos con base en flujo de efectivo.
- Articulos 206 al 215 de la Ley del ISR
- Reglas 3.13.27 a 3.13.35 de la Resolucion Miscelanea Fiscal 2026
Los requisitos son: (1) Que los ingresos totales del ejercicio anterior no excedan de 35 millones de pesos. (2) Que todos los socios o accionistas sean personas fisicas. (3) Que no sean contribuyentes que tributen en el Titulo III (no lucrativas). (4) Que no sean contribuyentes del sector financiero. (5) Que no se trate de sociedades del Titulo II, Capitulo VI (coordinados) ni de integradores o integradas.
La principal ventaja del RESICO para personas morales es que la acumulacion de ingresos y la deduccion de gastos se realizan con base en flujo de efectivo: los ingresos se acumulan cuando se cobran y los gastos se deducen cuando se pagan. Esto simplifica la contabilidad y mejora el flujo de efectivo de la empresa al no tener que pagar impuesto sobre ingresos aun no cobrados.
La tasa de ISR aplicable es la misma del regimen general: 30% sobre la utilidad fiscal. La diferencia no esta en la tasa sino en la forma de determinar la base gravable (flujo de efectivo vs devengado). Adicionalmente, los contribuyentes del RESICO pueden deducir inversiones de manera inmediata en el ejercicio en que se adquieran.
El contribuyente abandona el RESICO cuando: exceda el limite de 35 millones de ingresos, incorpore socios personas morales, incumpla con sus obligaciones fiscales de manera reiterada, o cuando asi lo solicite voluntariamente. Al abandonar el regimen, debe tributar en el regimen general del Titulo II a partir del ejercicio siguiente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El RESICO para personas morales ofrece la ventaja significativa de tributar sobre flujo de efectivo, lo cual beneficia a empresas con ciclos de cobro largos. Sin embargo, el requisito de que todos los socios sean personas fisicas limita su aplicacion en grupos corporativos. Recomendamos evaluar cuidadosamente la conveniencia de este regimen considerando que la tasa sigue siendo del 30% y que la deduccion inmediata de inversiones puede generar perdidas fiscales que se amortizan en ejercicios futuros.
Art. 4/ISR/N. Pagos provisionales de ISR de personas morales
El SAT precisa el procedimiento para calcular y enterar los pagos provisionales mensuales del ISR de personas morales, incluyendo el coeficiente de utilidad, los ingresos nominales y las deducciones permitidas.
Art. 5/ISR/N. Regimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas fisicas - Requisitos
El SAT precisa los requisitos, obligaciones y limites del Regimen Simplificado de Confianza para personas fisicas, incluyendo el tope de ingresos de 3.5 millones de pesos y las causales de exclusion.
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