10_270614

Artículo 131. Regimen disciplinario del Tribunal Electoral

Establece que ley determinara normas de administracion, vigilancia y disciplina del Tribunal Electoral y responsabilidades de sus servidores.

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Texto Legal

La ley establecerá las normas para la administración, vigilancia y disciplina en el Tribunal Electoral del Distrito Federal, cuyos servidores en materia de responsabilidades estarán sujetos al régimen establecido en la ley de la materia. Artículo derogado DOF 22-11-1996 (queda sin efecto). Adicionado DOF 04-12-1997

ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 27-06-2014 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El articulo remite a regulacion legal complementaria. El regimen disciplinario de magistrados es critico para independencia. Los consultores deben verificar existencia de mecanismos de control interno efectivos para evitar corrupcion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 131 del 10_270614?

Establece que ley determinara normas de administracion, vigilancia y disciplina del Tribunal Electoral y responsabilidades de sus servidores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 131 de la ESTATUTO de Gobierno del Distrito?

El articulo remite a regulacion legal complementaria. El regimen disciplinario de magistrados es critico para independencia. Los consultores deben verificar existencia de mecanismos de control interno efectivos para evitar corrupcion.

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