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Artículo 40. Caracter de resoluciones y publicacion de leyes

Toda resolucion de Asamblea tiene caracter de ley o decreto, comunicadas al Jefe de Gobierno por Presidente y Secretario con formula prescrita: La Asamblea Legislativa del Distrito Federal decreta.

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Texto Legal

Toda resolución de la Asamblea tendrá el carácter de ley o decreto. Las leyes y decretos se comunicarán al Jefe de Gobierno del Distrito Federal por el Presidente y por un Secretario de la Asamblea, en la siguiente forma: “La Asamblea Legislativa del Distrito Federal decreta”: (texto de la ley o decreto). Artículo reformado DOF 04-12-1997

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Aspecto formal de procedimiento legislativo. La formula exacta es importante para validez legal de normas. Abogados deben verificar que leyes y decretos locales cumplan esta formula al revisar antecedentes legales y origenes normativos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 40 del 10_270614?

Toda resolucion de Asamblea tiene caracter de ley o decreto, comunicadas al Jefe de Gobierno por Presidente y Secretario con formula prescrita: La Asamblea Legislativa del Distrito Federal decreta.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 40 de la ESTATUTO de Gobierno del Distrito?

Aspecto formal de procedimiento legislativo. La formula exacta es importante para validez legal de normas. Abogados deben verificar que leyes y decretos locales cumplan esta formula al revisar antecedentes legales y origenes normativos.

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