LAd

Artículo 104. Precios estimados para mercancias de importacion

Faculta al SAT para establecer precios estimados de las mercancias de importacion como referencia para determinar si el valor declarado es inferior al de mercado, obligando a los importadores a otorgar garantia por la diferencia.

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Texto Legal

Articulo 104 - Precios estimados

El SAT podra establecer precios estimados como referencia para las mercancias de importacion.

Finalidad

Los precios estimados tienen como finalidad:

- Detectar posibles subvaluaciones en las importaciones.
- Proteger la recaudacion fiscal y la industria nacional.
- Desincentivar la competencia desleal por subvaluacion.

Efecto

Cuando el valor declarado en el pedimento sea inferior al precio estimado:

- El importador debera otorgar una garantia por la diferencia de contribuciones.
- La garantia se liberara cuando se demuestre que el valor declarado es correcto.

Mercancias sujetas

Los precios estimados aplican especialmente a mercancias con alto riesgo de subvaluacion, como textiles, calzado, productos siderurgicos y electrodomesticos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los precios estimados son referencias de valor minimo que el SAT establece para ciertas mercancias propensas a subvaluacion. Si el valor declarado es inferior al precio estimado, el importador debe garantizar la diferencia. Las empresas que importan mercancias sujetas a precios estimados deben considerar este costo financiero adicional y documentar adecuadamente el valor real de sus transacciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 104 del LAd?

Faculta al SAT para establecer precios estimados de las mercancias de importacion como referencia para determinar si el valor declarado es inferior al de mercado, obligando a los importadores a otorgar garantia por la diferencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 104 de la Ley Aduanera?

Los precios estimados son referencias de valor minimo que el SAT establece para ciertas mercancias propensas a subvaluacion. Si el valor declarado es inferior al precio estimado, el importador debe garantizar la diferencia. Las empresas que importan mercancias sujetas a precios estimados deben considerar este costo financiero adicional y documentar adecuadamente el valor real de sus transacciones.

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