LAd

Artículo 68. Importacion definitiva por cambio de regimen aduanero

Regula los supuestos y procedimientos para cambiar el regimen aduanero de mercancias que se encuentren en el pais bajo regimenes temporales o deposito fiscal a importacion definitiva.

cambio-regimenimportacion-definitivapedimentocontribuciones

Texto Legal

Articulo 68 - Cambio de regimen a importacion definitiva

Las mercancias que se encuentren en el territorio nacional bajo un regimen aduanero distinto al de importacion definitiva podran cambiar a dicho regimen.

Procedimiento

- Tramitar un nuevo pedimento de importacion definitiva.
- Pagar las contribuciones correspondientes, actualizadas desde la fecha de la operacion original.
- Cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables al regimen definitivo.

Base gravable

La base gravable sera el valor en aduana declarado en la operacion original, salvo que se trate de mercancias que hayan sufrido depreciacion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El cambio de regimen de temporal a definitivo permite regularizar mercancias pagando las contribuciones correspondientes. Esto es relevante para empresas IMMEX que deseen destinar al mercado nacional mercancias originalmente importadas temporalmente. El calculo de contribuciones se hace sobre el valor actual de la mercancia, considerando la depreciacion cuando proceda.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del LAd?

Regula los supuestos y procedimientos para cambiar el regimen aduanero de mercancias que se encuentren en el pais bajo regimenes temporales o deposito fiscal a importacion definitiva.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 68 de la Ley Aduanera?

El cambio de regimen de temporal a definitivo permite regularizar mercancias pagando las contribuciones correspondientes. Esto es relevante para empresas IMMEX que deseen destinar al mercado nacional mercancias originalmente importadas temporalmente. El calculo de contribuciones se hace sobre el valor actual de la mercancia, considerando la depreciacion cuando proceda.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 68 del LAd?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 68 LAd desde tu celular