LAg

Artículo 170. Estructura del Registro Agrario Nacional

Establece la estructura organizativa del Registro Agrario Nacional, incluyendo delegaciones estatales.

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Texto Legal

Articulo 170 - Estructura del RAN

El Registro Agrario Nacional contara con:

1. Oficinas centrales en la Ciudad de Mexico
2. Delegaciones en cada entidad federativa
3. El archivo general agrario de la nacion

Las delegaciones estatales seran responsables de la inscripcion y expedicion de documentos en su jurisdiccion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La inscripcion en el Registro Agrario Nacional de los certificados de derechos agrarios, parcelarios y de uso comun otorga publicidad y seguridad juridica a los titulares. La consulta de este registro es publica y permite verificar la titularidad de derechos sobre tierras ejidales y comunales. Las empresas deben realizar esta consulta como parte de su debida diligencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 170 del LAg?

Establece la estructura organizativa del Registro Agrario Nacional, incluyendo delegaciones estatales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 170 de la Ley Agraria?

La inscripcion en el Registro Agrario Nacional de los certificados de derechos agrarios, parcelarios y de uso comun otorga publicidad y seguridad juridica a los titulares. La consulta de este registro es publica y permite verificar la titularidad de derechos sobre tierras ejidales y comunales. Las empresas deben realizar esta consulta como parte de su debida diligencia.

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