LFPIORPI

Artículo 21. Presentacion de avisos ante la SHCP

Establece la obligacion de presentar avisos ante la SHCP por medio del portal electronico del SAT. Los avisos deben contener datos del cliente, descripcion de la actividad vulnerable, monto de la operacion y forma de pago. Se presentan a mas tardar el dia 17 del mes inmediato posterior.

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Texto Legal

Articulo 21 - Presentacion de avisos

Los Avisos se presentaran ante la Secretaria a traves de los medios electronicos y en el formato oficial que establezca la misma.

Contenido del aviso

Los avisos deberan contener respecto del acto u operacion relacionados con la actividad vulnerable que se reporte:

- I. Datos generales de quien realice la Actividad Vulnerable.
- II. Datos generales del cliente o usuario con quien se hubiese llevado a cabo el acto u operacion.
- III. Descripcion general del tipo de Actividad Vulnerable.
- IV. Fecha en la que se llevo a cabo la operacion.
- V. Monto, en su caso.
- VI. Forma de pago: efectivo, cheque, transferencia, tarjeta, u otra.
- VII. Descripcion del instrumento monetario utilizado.
- VIII. Datos de identificacion de la operacion.

Plazos de presentacion


ConceptoPlazo
Aviso mensualA mas tardar el dia **17** del mes inmediato posterior a aquel en que se hubiere realizado la actividad
Alta en el portalDentro de los **30 dias** habiles siguientes al inicio de la actividad vulnerable
Aviso de bajaDentro de los **30 dias** habiles siguientes a la fecha en que se deje de realizar la actividad

Portal electronico

Los avisos se presentan a traves del portal de prevencion de lavado de dinero del SAT (https://sppld.sat.gob.mx). Para acceder al portal se requiere la e.firma vigente del sujeto obligado o de su representante legal.

Avisos extemporaneos

La presentacion extemporanea de avisos constituye una infraccion sancionable. No obstante, la presentacion extemporanea espontanea (sin que medie requerimiento de la autoridad) puede ser considerada como atenuante al momento de determinar la multa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores de Negocio destaca que el portal de avisos del SAT (SPPLD) es la herramienta central de cumplimiento. Nuestras recomendaciones practicas: (1) Dar de alta al negocio y al representante encargado de cumplimiento en el portal ANTES de realizar la primera actividad vulnerable; (2) Marcar en el calendario el dia 17 de cada mes como fecha limite para la presentacion de avisos; (3) Llevar un control mensual de las operaciones que superaron los umbrales de aviso; (4) Si no hubo operaciones que reportar en un mes, de todas maneras verificar que no se haya omitido alguna; (5) Conservar los acuses de recibo de todos los avisos presentados. Un error muy comun es no presentar avisos en meses donde 'no hubo operaciones relevantes' cuando en realidad si las hubo pero no se identificaron como actividades vulnerables. La capacitacion del personal operativo es fundamental.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del LFPIORPI?

Establece la obligacion de presentar avisos ante la SHCP por medio del portal electronico del SAT. Los avisos deben contener datos del cliente, descripcion de la actividad vulnerable, monto de la operacion y forma de pago. Se presentan a mas tardar el dia 17 del mes inmediato posterior.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la Ley Antilavado?

SDV Asesores de Negocio destaca que el portal de avisos del SAT (SPPLD) es la herramienta central de cumplimiento. Nuestras recomendaciones practicas: (1) Dar de alta al negocio y al representante encargado de cumplimiento en el portal ANTES de realizar la primera actividad vulnerable; (2) Marcar en el calendario el dia 17 de cada mes como fecha limite para la presentacion de avisos; (3) Llevar un control mensual de las operaciones que superaron los umbrales de aviso; (4) Si no hubo operaciones que reportar en un mes, de todas maneras verificar que no se haya omitido alguna; (5) Conservar los acuses de recibo de todos los avisos presentados. Un error muy comun es no presentar avisos en meses donde 'no hubo operaciones relevantes' cuando en realidad si las hubo pero no se identificaron como actividades vulnerables. La capacitacion del personal operativo es fundamental.

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