Establece las obligaciones de las Entidades Financieras de reportar operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes a la SHCP a traves de la UIF.
Las Entidades Financieras deberan presentar a la Secretaria, a traves de la UIF, reportes de las operaciones que realicen sus clientes o usuarios, conforme a las siguientes categorias:
- I. Operaciones relevantes: Aquellas realizadas con monedas, billetes, piezas acunadas en metales preciosos, por un monto igual o superior al equivalente a diez mil dolares estadounidenses.
- II. Operaciones inusuales: Aquellas que no guardan relacion con los antecedentes, actividad economica o perfil del cliente, o que por su frecuencia, monto o naturaleza no tengan justificacion economica.
- III. Operaciones internas preocupantes: Aquellas realizadas por directivos, funcionarios, empleados o apoderados de la propia entidad financiera que resulten inconsistentes con su perfil.
| Tipo de operacion | Plazo de reporte |
|---|---|
| Relevante | 24 horas |
| Inusual | 24 horas desde la deteccion |
| Interna preocupante | 24 horas desde la deteccion |
Los reportes tienen caracter estrictamente confidencial. Las entidades financieras y sus empleados tienen prohibido alertar al cliente sobre la existencia del reporte.
El incumplimiento en la presentacion de reportes genera responsabilidad administrativa para la entidad financiera y para los funcionarios encargados del cumplimiento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las entidades financieras tienen obligacion de reportar operaciones inusuales, relevantes y preocupantes. En SDV Asesores de Negocio asesoramos a instituciones financieras en el cumplimiento de estas obligaciones, pues la omision en el reporte puede derivar en sanciones administrativas y responsabilidad penal para los funcionarios involucrados.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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