Establece las reglas para determinar el precio de exportacion de las mercancias importadas en condiciones de discriminacion de precios.
El precio de exportacion sera el precio realmente pagado o por pagar por la mercancia de que se trate vendida para su exportacion a Mexico.
Cuando no exista un precio de exportacion, o cuando este no sea fiable en razon de la existencia de una asociacion o un arreglo compensatorio entre el exportador y el importador o un tercero, el precio de exportacion podra ser reconstruido sobre la base del precio al que los productos importados se revendan por primera vez a un comprador independiente.
Para efectos de una comparacion equitativa con el valor normal, el precio de exportacion podra ajustarse para tomar en cuenta las diferencias que afecten la comparabilidad de los precios, incluyendo:
- Transporte, seguro y flete (desde la fabrica hasta el punto de exportacion)
- Costos de empaque y embalaje para exportacion
- Comisiones pagadas en relacion con las ventas de exportacion
- Impuestos cobrados en el pais de exportacion
- Margenes de beneficio del importador asociado
Cuando la comparacion requiera una conversion de monedas, esta se hara utilizando el tipo de cambio vigente en la fecha de venta, a menos que la venta se haya realizado bajo un contrato a termino que especifique un tipo de cambio determinado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La determinacion del precio de exportacion es igualmente critica que la del valor normal. En casos donde el exportador y el importador estan asociados (por ejemplo, son partes de un mismo grupo empresarial), la Secretaria puede desestimar el precio declarado y reconstruirlo. En SDV asesoramos a las empresas sobre como documentar adecuadamente sus precios de exportacion para evitar que sean reconstruidos en una investigacion.
Art. 37. Discriminacion de precios (Dumping)
Define la discriminacion de precios (dumping) como la introduccion al territorio nacional de mercancias a un precio inferior a su valor normal, causando o amenazando causar dano a la produccion nacional.
Art. 38. Determinacion del valor normal
Establece la metodologia para determinar el valor normal de las mercancias importadas en condiciones de discriminacion de precios.
Art. 40. Calculo del margen de discriminacion de precios
Establece la metodologia para calcular el margen de discriminacion de precios (margen de dumping) comparando el valor normal con el precio de exportacion.
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Art. 38. Determinacion del valor normal
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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