LCE

Artículo 42. Relacion causal entre dumping y dano

Establece que debe demostrarse una relacion causal entre las importaciones a precios discriminados y el dano sufrido por la produccion nacional.

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Texto Legal

Articulo 42 - Relacion Causal

Ademas de demostrar que existe discriminacion de precios o subvenciones y dano a la produccion nacional, debera demostrarse que existe una relacion causal entre ambos.

Demostracion de causalidad

La Secretaria de Economia debera examinar todas las pruebas pertinentes que obren en el expediente y demostrar que las importaciones a precios discriminados causan dano a la produccion nacional a traves de los efectos de la discriminacion de precios, entre los que se incluyen:

- Subcotizacion de precios: Las importaciones se venden a precios inferiores a los de la produccion nacional
- Depresion de precios: Los precios nacionales disminuyen como resultado de las importaciones
- Impedimento de precios: Los precios nacionales no pueden incrementarse debido a la competencia de las importaciones a precios discriminados

Otros factores de dano

La Secretaria debera examinar si otros factores distintos al dumping pudieron haber causado el dano, tales como:

- Contraccion de la demanda o cambios en las pautas de consumo
- Practicas comerciales restrictivas de los productores extranjeros y nacionales
- Competencia entre productores nacionales y extranjeros
- Evolucion de la tecnologia
- Resultados de la actividad exportadora de la rama de produccion nacional

El dano causado por estos otros factores no debera atribuirse a las importaciones a precios discriminados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La relacion causal es el eslabon mas dificil de probar en una investigacion antidumping. La Secretaria de Economia debe aislar el efecto del dumping de otros factores que puedan estar causando dano a la produccion nacional. En SDV realizamos analisis econometricos de no atribucion para asegurar que el dano sea correctamente atribuido, ya sea que representemos al solicitante o al exportador investigado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 42 del LCE?

Establece que debe demostrarse una relacion causal entre las importaciones a precios discriminados y el dano sufrido por la produccion nacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 42 de la Ley de Comercio Exterior?

La relacion causal es el eslabon mas dificil de probar en una investigacion antidumping. La Secretaria de Economia debe aislar el efecto del dumping de otros factores que puedan estar causando dano a la produccion nacional. En SDV realizamos analisis econometricos de no atribucion para asegurar que el dano sea correctamente atribuido, ya sea que representemos al solicitante o al exportador investigado.

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