LCE

Artículo 56. Consultas con el gobierno del pais exportador

Establece la obligacion de invitar al gobierno del pais exportador a consultas antes o durante la investigacion por subvenciones.

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Texto Legal

Articulo 56 - Consultas con el Gobierno Exportador

Antes o durante la investigacion por subvenciones, la Secretaria de Economia invitara al gobierno del pais exportador a celebrar consultas.

Objeto de las consultas

I. Las consultas tienen por objeto aclarar la naturaleza y alcance de las subvenciones investigadas, explorar la posibilidad de una solucion mutuamente satisfactoria y cumplir con las obligaciones internacionales de Mexico.

II. Las consultas se realizaran respetando la confidencialidad de la informacion proporcionada por las partes en la investigacion.

Plazo

I. Las consultas no suspenderan el curso de la investigacion, pero la Secretaria considerara los resultados de las mismas al emitir sus determinaciones.

Compromisos del gobierno exportador

I. El gobierno del pais exportador podra ofrecer compromisos de eliminar o limitar la subvencion, o de adoptar otras medidas que eliminen los efectos daninos, como alternativa a la imposicion de cuotas compensatorias.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las consultas con el gobierno del pais exportador son un elemento distintivo de las investigaciones por subvenciones que no existe en las investigaciones antidumping. Estas consultas pueden derivar en compromisos que eviten la imposicion de cuotas. En SDV asesoramos a las partes involucradas sobre las implicaciones de las consultas gubernamentales y las negociaciones de compromisos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 56 del LCE?

Establece la obligacion de invitar al gobierno del pais exportador a consultas antes o durante la investigacion por subvenciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 56 de la Ley de Comercio Exterior?

Las consultas con el gobierno del pais exportador son un elemento distintivo de las investigaciones por subvenciones que no existe en las investigaciones antidumping. Estas consultas pueden derivar en compromisos que eviten la imposicion de cuotas. En SDV asesoramos a las partes involucradas sobre las implicaciones de las consultas gubernamentales y las negociaciones de compromisos.

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