Establece que las disposiciones de los tratados internacionales de los que Mexico sea parte en materia de comercio exterior se aplicaran conforme a lo previsto en dichos tratados.
Las disposiciones de los tratados internacionales de los que Mexico sea parte en materia de comercio exterior se aplicaran conforme a lo previsto en dichos instrumentos.
I. Los tratados internacionales suscritos y ratificados por Mexico forman parte del derecho mexicano conforme al articulo 133 de la Constitucion.
II. En caso de conflicto entre las disposiciones de esta Ley y las de un tratado internacional, prevaleceran las del tratado en lo que sea mas favorable al comercio exterior.
I. Mexico es parte de una amplia red de tratados comerciales que incluyen:
a) El Tratado entre Mexico, Estados Unidos y Canada (T-MEC);
b) El Acuerdo de Asociacion con la Union Europea;
c) La Alianza del Pacifico con Chile, Colombia y Peru;
d) El Tratado Integral y Progresista de Asociacion Transpacifico (TIPAT/CPTPP);
e) Tratados bilaterales con paises de America Latina, Asia y otros.
I. La Secretaria expedira las disposiciones administrativas necesarias para la implementacion de los tratados comerciales en el orden interno.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La prevalencia de los tratados internacionales sobre la legislacion interna en materia comercial es un principio fundamental. Mexico cuenta con mas de 50 acuerdos comerciales que ofrecen aranceles preferenciales, y en SDV ayudamos a las empresas a identificar cual tratado les ofrece las mejores condiciones para cada operacion de importacion o exportacion.
Art. 1. Objeto de la Ley de Comercio Exterior
Establece el objeto de la ley: regular y promover el comercio exterior, la economia del pais, la estabilidad de la produccion nacional y las condiciones de competitividad internacional.
Art. 6. Negociaciones comerciales internacionales
Establece las facultades de la Secretaria de Economia para conducir las negociaciones comerciales internacionales, en coordinacion con las dependencias competentes.
Art. 13. Aplicacion de aranceles en tratados internacionales
Establece que los aranceles podran ser diferentes segun el pais de origen conforme a los tratados internacionales de los que Mexico sea parte.
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Art. 6. Negociaciones comerciales internacionales
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Art. 8. Facultades del Ejecutivo en materia de comercio exterior
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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