LCF

Artículo 44. Criterios para la aplicacion de recursos de seguridad publica

Detalla los criterios que el Consejo Nacional de Seguridad Publica utilizara para la distribucion del FASP entre las entidades federativas, incluyendo indices de criminalidad y evaluacion de desempeno.

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Texto Legal

Articulo 44 - Criterios de Distribucion del FASP

El Consejo Nacional de Seguridad Publica, a propuesta de la Secretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana, aprobara los criterios de distribucion del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Publica, atendiendo a los siguientes factores:

Criterios de distribucion

I. Poblacion: El numero de habitantes de cada entidad federativa conforme a la informacion oficial del INEGI.

II. Indice de criminalidad: Las cifras de incidencia delictiva, considerando tanto los delitos del fuero comun como los del fuero federal registrados en el territorio de cada entidad.

III. Avance en la aplicacion del programa: El grado de cumplimiento de las metas y programas del ejercicio fiscal anterior.

IV. Eficacia del ejercicio: Los resultados obtenidos en la evaluacion del ejercicio de los recursos recibidos en periodos anteriores.

V. Esfuerzo en certificacion: El porcentaje de elementos de seguridad publica que han aprobado las evaluaciones de control de confianza.

Programas con prioridad nacional

El Consejo Nacional de Seguridad Publica define anualmente los programas con prioridad nacional a los que deben destinarse los recursos del FASP, que pueden incluir:

- Profesionalizacion de las instituciones de seguridad publica
- Fortalecimiento tecnologico y de equipamiento
- Sistema nacional de informacion para la seguridad publica
- Implementacion y desarrollo del sistema de justicia penal
- Desarrollo de las ciencias forenses

Convenios de coordinacion

Las entidades formalizan la recepcion de los recursos del FASP mediante convenios de coordinacion con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Publica, donde se establecen las metas, indicadores y compromisos especificos.

Subejercicio

Los recursos del FASP que no se ejerzan dentro del periodo autorizado deberan ser reintegrados a la Tesoreria de la Federacion, salvo que se obtenga autorizacion para su ejercicio en el periodo inmediato siguiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La distribucion del FASP es uno de los procesos mas politizados de los fondos de aportaciones. Los criterios combinan necesidad (criminalidad) con desempeno (cumplimiento de metas), lo que puede generar un circulo vicioso: las entidades con mayores problemas de seguridad que no logran cumplir metas reciben menos recursos. En SDV recomendamos a las entidades enfocarse en el cumplimiento de indicadores verificables para maximizar su participacion en el fondo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 44 del LCF?

Detalla los criterios que el Consejo Nacional de Seguridad Publica utilizara para la distribucion del FASP entre las entidades federativas, incluyendo indices de criminalidad y evaluacion de desempeno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 44 de la Coordinacion Fiscal?

La distribucion del FASP es uno de los procesos mas politizados de los fondos de aportaciones. Los criterios combinan necesidad (criminalidad) con desempeno (cumplimiento de metas), lo que puede generar un circulo vicioso: las entidades con mayores problemas de seguridad que no logran cumplir metas reciben menos recursos. En SDV recomendamos a las entidades enfocarse en el cumplimiento de indicadores verificables para maximizar su participacion en el fondo.

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