LAPP

Artículo 108. Asuncion de riesgos del proyecto

El desarrollador asume riesgos de operacion, prestacion de servicios, construccion de infraestructura y financiamiento, salvo modificaciones autorizadas por entidad contratante.

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Texto Legal

Salvo por las modificaciones determinadas por la dependencia o entidad contratante en términos del artículo 119 de esta Ley, y en los demás supuestos expresamente previstos en el contrato respectivo, los riesgos de operación, prestación de los servicios y, en su caso, de construcción de la infraestructura y financiamiento del proyecto, serán asumidos por el desarrollador.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Disposicion fundamental que define modelo de riesgo APP. El desarrollador absorbe variaciones de costo, demanda y operacion. Critico para pricing y evaluacion de viabilidad economica del proyecto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 108 del LAPP?

El desarrollador asume riesgos de operacion, prestacion de servicios, construccion de infraestructura y financiamiento, salvo modificaciones autorizadas por entidad contratante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 108 de la LEY de Asociaciones Público Privadas?

Disposicion fundamental que define modelo de riesgo APP. El desarrollador absorbe variaciones de costo, demanda y operacion. Critico para pricing y evaluacion de viabilidad economica del proyecto.

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