Permite cesion de derechos en concesiones o permisos tras 3 anos minimo de vigencia, cumplimiento de obligaciones y que cesionario reuna requisitos. Plazo: 60 dias con silencio positivo.
La Secretaría podrá autorizar, dentro de un plazo de 60 días naturales, contado a partir de la presentación de la solicitud, la cesión de los derechos y obligaciones establecidos en las concesiones o permisos, siempre que éstos hubieren estado vigentes por un lapso no menor a 3 años; que el cedente haya cumplido con todas sus obligaciones; y que el cesionario reúna los mismos requisitos que se tuvieron en cuenta para el otorgamiento de la concesión o permiso respectivos.
Si transcurrido el plazo a que se refiere este artículo no se ha emitido la resolución respectiva, se entenderá como favorable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cambio de titularidad requiere cumplimiento de 3 anos minimos. El silencio administrativo positivo a los 60 dias facilita transferencias. Importante verificar cumplimiento de obligaciones previo a cesion.
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